Ante el anuncio de que Chile Vamos recurrirá al Tribunal Constitucional (TC) para cuestionar aspectos del proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en tres causales, han vuelto a surgir voces que cuestionan el rol de esta institución, culpándola de desfigurar la voluntad de las mayorías u operar como una "tercera cámara". Si bien algunas de estas reacciones son propias del calor del debate, especialmente si abordan temas sensibles en el programa de gobierno -como es el caso del aborto-, llama la atención que las propuestas de solución que postulan algunos de sus detractores incluyan la eliminación del referido tribunal, el que, a su juicio, aparece como un obstáculo para el pleno desarrollo de la democracia.

Si bien es lícito disentir de los razonamientos jurídicos que emanen del Tribunal Constitucional, aquellas propuestas que promueven el fin de esta instancia -que existe en la mayoría de las democracias desarrolladas- o que buscan modificar radicalmente sus funciones parecen más bien obedecer a la corriente populista que ha permeado parte de la discusión pública, desconociendo el relevante rol que ha desempeñado para ir conformando doctrina y moldear la interpretación constitucional. Se pasa por alto, asimismo, que su consagración como órgano autónomo data de reformas implementadas en 1970, las cuales fueron el resultado de un largo proceso de maduración institucional, el mismo que llevó a reformar el TC en 2005 mediante la concurrencia de amplios consensos.

La pertinencia de este tribunal queda demostrada ante el hecho de que tanto la oposición como el oficialismo han recurrido a su intervención aleatoriamente, logrando triunfos y derrotas. La disparidad de interpretaciones que los legisladores manifiestan en torno a los alcances que tienen en la Constitución materias de tanta relevancia como el derecho a la vida, la educación e igualdad ante la ley, entre de otros, confirma la necesidad y conveniencia de una instancia de salvaguarda de los principios de supremacía constitucional, separación de poderes y respeto y defensa de los derechos fundamentales.

A la luz de lo anterior el camino no es debilitar esta instancia, sino promover perfeccionamientos que lleven a fortalecer su rol de garante constitucional, lo que se logra cuando sus resoluciones brindan amplias garantías a toda la sociedad. Parce un hecho que el diseño de su actual composición complota contra este propósito, pues al establecer un número par de ministros se abre espacio al empate, lo cual debe ser dirimido por el presidente del tribunal. Esta circunstancia naturalmente da pie a suspicacias y lleva a especular sobre los resultados de un fallo según quién lo encabece y en qué fecha.

También se hace necesario que el Congreso mejore la calidad de la discusión legislativa, de tal manera que idealmente sea en ese espacio donde las normas queden bien zanjadas y se evite incurrir en manifiestas inconstitucionalidades, tal como se pretendió con la titularidad sindical o con la discriminación en la asignación de fondos por gratuidad. Esa sana práctica haría que la concurrencia al TC fuese algo excepcional y desprovista de la carga política que hoy reviste.