Aniversario de una Ley de Insolvencia que ha mostrado ser efectiva


Hace 7 años se produjo el cambio de paradigma más importante en el tratamiento de la insolvencia en nuestro país, cuando comenzó a operar la Ley N°20.720 de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas.

De una Ley de Quiebras que estigmatizaba al deudor, de tiempos muy extensos en el tratamiento de sus procesos y que era utilizada principalmente por grandes empresas, pasamos a una normativa 2.0, que abrió espacios a otros segmentos de deudores, como las Pymes y las personas naturales, para que pudieran enfrentar sus problemas de liquidez con procedimientos concursales más accesibles, eficientes, con menos tiempos de tramitación y la existencia de un mecanismo casi único en el mundo para restructurar los pasivos de las personas de forma administrativa y no judicial, como lo es la Renegociación de Deudas.

La oportunidad de la nueva Ley se refleja en los números: de 5.300 quiebras que registró el antiguo cuerpo legal en 34 años de vigencia, pasamos en 7 años a tramitar cerca de 35 mil procedimientos, los cuales han permitido que empresas y personas puedan hacer frente al sobreendeudamiento o la insolvencia.

Pero sabemos que la economía es dinámica y se ve afectada de vez en cuando por eventos que sacuden al mundo, como la pandemia que hemos vivido. Y estas grandes crisis son también una oportunidad para mejorar leyes que han sido efectivas, como la Ley N° 20.720 en este caso, para asistir de manera más eficiente y efectiva a las empresas de menor tamaño, las más susceptibles ante los efectos económicos de crisis sanitarias como el Covid-19.

Desde 2020, profesionales de la Superir y del Ministerio de Economía han trabajado intensamente para dar vida a un nuevo cuerpo legal, que justamente se adecue a los nuevos tiempos. Hablamos de una Ley de Insolvencia 3.0 que, entre muchas mejoras, nos posibilitará ofrecer a nuestras Mipes procedimientos simplificados de Reorganización y Liquidación y cuyos pilares serán la facilidad de acceso, el bajo costo y los menores tiempos de tramitación, entre otras modificaciones legales.

La renovada normativa también eliminará el requisito que hoy impide a quienes emiten boletas de honorarios acceder a la Renegociación. Hoy esos usuarios son considerados empresas, por lo que muchas veces no tienen más opción que someterse a la liquidación de sus bienes.

En la construcción de este proyecto hemos tenido un gran apoyo de nuestros legisladores, lo que ha permitido que avance de manera expedita en su tramitación, y actualmente nos encontremos en segundo trámite constitucional en el Senado.

En suma, esta Ley 3.0 de Insolvencia vendrá a ser un paraguas legal moderno y mucho fácil de utilizar para que nuestras Mipes estén mucho más protegidas y puedan reinsertarse en menores tiempos en la economía y reemprender.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.