Caso Enjoy: Contraloría descarta infracción por fideicomiso ciego de Piñera e inicia auditoría a la Superintendencia de Casinos de Juegos

El organismo determinó que no se configuró un conflicto de interés al haber firmado un decreto que extendió los plazos de obras a algunos casinos. Sin embargo, concluyó que la decisión de la SCJ de prorrogar la fecha de entrega y suspender el cobro de boletas de garantía, en el caso del casino de Viña del Mar, no se ajustó a derecho.


La Contraloría General de la República emitió este miércoles su dictamen en el denominado Caso Enjoy y descartó la existencia de conflictos de interés y la comisión de infracciones por parte del Presidente Sebastián Piñera, quien firmó el decreto 77, que permitió a la Superintendencia de Juegos prorrogar los plazos para ejecutar nuevas obras de algunos casinos.

El organismo inició la indagación tras las presentaciones del diputado Andrés Celis, que cuestionó aspectos vinculados al decreto 77; la asociación gremial de Casinos de Juego; y un grupo de parlamentarios que denunciaron la eventual falta a la probidad administrativa por parte de Piñera, “por tener intereses económicos particulares en el funcionamiento de Enjoy”. El presidente suscribió dos fideicomisos ciegos con BTG y Moneda Asset. Mientras la primera, dice la Contraloría, participaba en la propiedad de Enjoy, además de emitir boletas de garantía para caucionar las obligaciones de la cadena, Moneda garantizaba el 50% de la deuda de Enjoy.

El dictamen de la Contraloría, sin embargo, concluyó que “no existen elementos objetivos para que se configure un conflicto de intereses con ocasión de la dictación del referido decreto N° 77, de 2021, por lo que no se advierte una infracción al principio de probidad administrativa de parte del Presidente de la República”.

Ello porque el Presidente, al no tener conocimiento del destino de sus inversiones “ni tener la posibilidad de participar en la administración de los respectivos fideicomisos, no se puede configurar el supuesto para abstenerse de intervenir en un determinado asunto”, indica el documento.

El organismo explica que, al contrario, el hecho de exigir al mandatario restarse de esta decisión habría implicado la aceptación de que Piñera tenía conocimiento de la administración de su cartera de valores.

“Ello involucraría, además, imponer a esa autoridad un deber de saber no solo en qué se invierten sus recursos administrados por esas entidades -cuestión que sería ilegal-, sino también el de conocer qué inversiones tienen las entidades a quienes confirió esos mandatos, independiente de si dichas inversiones se realizan o no con sus recursos”, detalla el documento.

De esta manera, y sumado al hecho de, según la información otorgada por la Comisión Para el Mercado Financiero (CMF), no se logró comprobar la existencia de un vínculo comunicacional entre Piñera y las AFP administradoras de sus fondos de pensiones que dieran cuenta de “una vulneración en la ejecución de los correspondientes mandatos de administración” de estos, la Contraloría descartó un eventual conflicto de interés entre estas y el Presidente de la República.

“Este dictamen es coherente con un principio de actuación permanente del Presidente de la República de probidad, transparencia y pleno apego a la ley en sus actuaciones”, afirmó un comunicado emitido por La Moneda.

Auditoría a la Superintendencia

Pese a ello, la Contraloría instruyó el inicio de una auditoría a la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) tras considerar que la resolución 56, de 2021, que otorgó una prórroga de seis meses y suspendió el cobro de una millonaria boleta de garantía a Casino del Mar, de Enjoy, no se ajustó a derecho. La resolución es de fecha 29 de enero y el plazo de inicio de operaciones del casino vencía el 30 de enero.

“El hecho de que la SCJ haya invocado la falta de pronunciamiento de esta Contraloría General como argumento para justificar la suspensión del procedimiento en cuestión -lo que además incidió en el no inicio del procedimiento de cobro de las garantías otorgadas por la respectiva sociedad operadora para asegurar la ejecución de las obras, y en la no revocación del correspondiente permiso-, no resulta jurídicamente admisible”, dice el organismo.

Ello porque la SCJ había presentado en diciembre a la Contraloría pronunciarse si la situación sanitaria ocasionada por el brote de Covid-19 debía ser calificada como caso fortuito o causa mayor para efectos de otorgar la prórroga por los permisos de operación de casinos concedida en 2018. El ente fiscalizador acusa que entre esa solicitud y la determinación de suspender el procedimiento “fue de tan solo un mes, esto es, muy inferior a los seis meses que prevé la ley N° 19.880 para emitir el pronunciamiento jurídico requerido, sin que esa circunstancia haya podido ser invocada para suspender un procedimiento en curso y, por ende, no haber ejercitado las facultades legales que corresponden a la SCJ”.

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