Consejo para la Transparencia oficia a Hacienda por datos de personas que sacaron el 10%

05 DE NOVIEMBRE DE 2020/SANTIAGO Transeuntes enfrentan al ministro de Hacienda, Ignacio Briones, mientras se dirigia al ministerio de Hacienda por calle Huerfanos con Morande, santiago. FOTO: AILEN DÍAZ/AGENCIAUNO

Si bien el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, dijo que el pedido está apegado a la ley, diputados de oposición no descartan una acusación constitucional.


Enredo total. Así se puede definir lo que está pasando con la solicitud que hizo el Ministerio de Hacienda a la Superintendencia de Pensiones de contar con los datos de la identificación de las personas, incluyendo su número de cédula de identidad, que a la fecha han solicitado el retiro del 10% de las AFP.

Temprano por la mañana de este jueves, el diputado Gabriel Silber (DC) presentó ante el Consejo para la Transparencia un escrito para que la presidenta, Gloria de la Fuente, efectúe “una fiscalización”.

Luego de ese requerimiento, el Consejo para la Transparencia envió una declaración pública diciendo que oficiará a la cartera que dirige Ignacio Briones, para que entregue detalles sobre la solicitud.

De acuerdo a De la Fuente, esta acción busca “aclarar las cosas”, ya que existe una disposición legal, que falta actualizar, pero que establece que los datos personales se tienen que resguardar -entre otros- bajo los principios de finalidad y proporcionalidad. “La finalidad apunta a que la información debe usarse para los fines para los cuales fueron recopilados y que en ese momento se les informaron a los titulares y no para otros. Además, lo que se solicita debe ser proporcional, es decir, que no haya otro medio para cumplir con el objetivo que se busca con ese tratamiento de datos”, precisó De La Fuente. Hacienda tiene 10 días hábiles para entregar la información.

Tanto había sido el revuelo que Briones tuvo que salir a explicar el por qué se pidieron estos antecedentes y señaló que esta solicitud no busca “acceder ni menos difundir información privada de las personas. Sería grave que así fuera. Quiero dar plena certeza que esa privacidad no está puesta en riesgo acá”, puntualizó.

De acuerdo a Briones, esta acción está respaldada por el artículo 30 de la ley 20.403, el que faculta “al Ministerio para acceder a la base de datos de afiliados del seguro de cesantía”.

La explicación no quedó ahí, puesto que mientras transitaba por las calles del centro de Santiago, el ministro fue interceptado por varios transeúntes quienes le cuestionaron el bono clase media.

Los diputados esperan que Hacienda retire la solicitud, ya que de lo contrario no descartan otras acciones. “No nos vamos a inhibir de ninguna acción, lo que incluye una acusación constitucional”, dijo Gabriel Silber. Leonardo Soto (PS) también sostuvo que “estudiarán una acusación constitucional en caso de corroborar la ilegalidad de la información que está solicitando Hacienda”. Ante esta posibilidad, Briones señaló que “cada cual tiene que ejercer sus labores y lo que puedo decir es que esto se apega a la legalidad”.

Expertos

La afirmación que entregó el ministro no es compartida por expertos en materia de datos personales, quienes aseguran que la actual ley no permite que se acceda a información con ese nivel de detalle. Marcelo Drago, expresidente del Consejo para la Transparencia precisó que “el ministro no pidió información estadística, que por su naturaleza es información anonimizada, no referida a ninguna persona específica. Lo que pidió es información personal, incluyendo el rut de cada afiliado y los montos retirados por cada uno. Si no tiene autorización en la ley o de los afiliados afectados, este oficio del ministro es ilegal e inconstitucional”.

Mientras que Romina Garrido, abogada y consultora especialista en protección de datos, agregó que “la ley dispone que los datos estadísticos son aquellos que en su origen, o como consecuencia de su tratamiento, no pueden ser asociado a un titular identificado o identificable”. Para la experta, “sin duda fue un error y evidencia el desconocimiento que aún después de 21 años de vigencia existe sobre la ley 19.628”.

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