Desde contrataciones hasta viajes están entre las medidas de austeridad anunciadas por el Gobierno para sus reparticiones

25 de febrero del 2020/SANTIAGO El ministro de Hacienda, Ignacio Briones, da un punto de prensa, tras el término de la ceremonia de promulgación de la ley de Modernización Tributaria, en el Palacio de la Moneda. FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE/AGENCIAUNO

Los recortes buscan liberar los recursos para financiar el fondo especial para trabajadores informales e independientes por US$2.000 millones.


Apenas se anunció el plan de emergencia, el Ministerio de Hacienda movió sus fichas para iniciar los recortes y reasignaciones necesarias para financiar el fondo especial para trabajadores informales e independientes por US$2.000 millones.

El documento emitido por Hacienda consta de 16 puntos e instruye recortes en ámbitos tan variados como las contrataciones, viajes de autoridades y arriendo de inmuebles, entre otros.

1) Nuevas contrataciones:

Estas se suspenden a partir del 8 de abril por parte de los ministerios y servicios. Solo autorizándose las contrataciones que estén con procesos en curso formalmente ingresados a Contraloría.

2) Aumento de remuneraciones:

Se suspenden los mejoramientos de sueldo al personal a partir del 8 de abril y por lo que resta del año, incluidos “aquellos autorizados en los planes de contratación”, salvo que ya se hayan materializado.

3) Reemplazos:

Se suspende la incorporación de nuevos funcionarios para hacerse cargos de puestos vacantes por retiro del personal y del reemplazo de funcionarios imposibilitados para trabajar en un período mayor a 30 días, cuando no corresponda licencia materna o enfermedad grave de un hijo menor de un año.

4) Gastos en horas extraordinarias:

Las horas extraordinarias realizadas por el personal, autorizadas previamente, solo podrán compensarse con tiempo de descanso y en casos excepcionales se podrá disponer del pago de hasta el 10% del saldo remanente de horas extraordinarias.

5) Viajes al exterior:

Se suspenden todos los viajes al extranjero que impliquen gasto fiscal, con la excepción de los que sean ineludibles para el Ministerio de RR.EE. Además, todos los viajes que deban realizarse al exterior durante el año deberán realizarse en clase turista.

6) Viáticos nacionales:

Las comisiones de servicio y/o cometidos funcionarios que impliquen el pago de viáticos deberán ajustarse al mínimo necesario que las actividades de fiscalización y prestación de servicio necesite. Los subsecretarios de cada cartera deberán autorizar el programa de viáticos.

7) Bienes y servicios de consumo:

Deben extremarse las medidas para ahorrar en elementos como mantenciones de dependencias, suscripciones, telefonía, banda ancha, etc.

8) Gastos en representación, protocolo y ceremonial:

Las autoridades ministeriales y jefes de servicio deberán propender a a no realizar invitaciones que impliquen este tipo de gastos. Además, durante este año no se podrán realizar celebraciones ni aniversarios que conlleven gasto fiscal y, por lo tanto, se suspenden las autorizaciones de arriendo de infraestructura para actividades institucionales.

9) Compras de activos no financieros:

Deberán reducirse al mínimo limitandose al pago de licencias y contratos de arrastre con pagos obligados así como la compra de terrenos para la construcción de viviendas sociales. De igual forma, no se renovarán los autos que utilicen para traslado las autoridades.

10) Compras de computadores, equipos y servicios de telefonía celular:

Se suspenden autorizaciones para su adquisición, limitándose únicamente a los estrictamente necesarios para enfrenta la emergencia.

11) Arriendos de inmuebles:

Se suspenden autorizaciones para celebrar nuevos contratos de arriendos de inmuebles, limitándose a los indispensables para el funcionamiento del servicio. En caso de término o renovación del contrato se deberá solicitar autorización a la Dirección de Presupuestos (Dipres), buscando alternativas que signifiquen mejores términos comerciales.

12) Compras y contrataciones públicas contratadas con motivo de la actual crisis sanitaria:

Se deberán tomar las precauciones necesarias para asegurar un precio justo y el cumplimiento normativo de la adquisición de bienes y servicios que sean necesarios. Corresponderá a las unidades de auditoría de cada servicio la verificación estricta de las instrucciones.

13) Reintegros de saldos de caja:

Ministerios y servicios deberán reducir sus saldos en cuenta corriente solo a los montos necesarios para dar cumplimiento a sus obligaciones inmediatas y en conjunto con la Dipres deberán realizar programaciones de caja. Además, deberán reintegrar al Tesoro Público los recursos disponibles en las cuentas corrientes bancarias que no hayan sido integradas.

14) Pago centralizado y transferencias electrónicas:

La Dipres ha informado la implementación de un sistema de pago de facturas electrónicas a través de la Tesorería General de la República.

15) Transferencias con o sin convenios:

Salvo autorización expresa de la Dipres, no podrán girarse anticipos sin que medie la rendición efectiva aprobada de uno anterior y, en cualquier casa, montos que no puedan rendirse en este año presupuestario.

16) Vigencia

Las instrucciones se mantendrán vigentes mientras sean necesarias y no se deroguen expresamente.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.