Funcionarios de la ex SBIF cierran acuerdo con el gobierno y logran mantener sus sueldos tras integración con la CMF

Paro de funcionarios de la Superintendencia de Bancos
Trabajadores de la Superintendencia de Bancos y Funciones (SBIF) realizan una paralización de sus actividades y atención al público por lo que acusan una «mala implementación de fusión con la comisión para los mercados financieros». A la actividad asis...

El acuerdo dice que "frente a un aumento de grado del personal traspasado, se le pagará la remuneración del grado que le corresponde según la escala CMF, y además, continuará percibiendo el monto que por planilla suplementaria venía recibiendo".


Las dificultades tras la fusión de los trabajadores del regulador financiero empiezan a solucionarse. Hasta ahora el balance de la integración entre la CMF y la SBIF registra dos paralizaciones de funcionarios, una de los trabajadores que eran de la SBIF, y otra de los que venían de la CMF (ex Superintendencia de Valores y Seguros). Los primeros exigían que no se les bajen las remuneraciones a la escala de la CMF, y los segundos pedían igualdad de beneficios.

Si bien este último tema no ha sido resuelto, los trabajadores que fiscalizan a la banca ayer consiguieron cerrar un acuerdo con la Dirección de Presupuestos (Dipres) y la CMF.

Ayer los funcionarios de la ex SBIF aprobaron que las diferencias de remuneraciones existentes al momento del traspaso se pagarán a través de planilla suplementaria.

Además, el acuerdo dice que "frente a un aumento de grado del personal traspasado, se le pagará la remuneración del grado que le corresponde según la escala CMF, y además, continuará percibiendo el monto que por planilla suplementaria venía recibiendo".

Cuando se trata de la bonificación de estímulo por desempeño funcionario que tenían los trabajadores en la SBIF según el artículo 5° de la Ley 19.528, acordaron crear un bono equivalente a la diferencia entre: el monto resultante de aplicar los porcentajes fijados para la SBIF durante 2019, correspondientes al grado y estamento en que el funcionario fue traspasado a la CMF de acuerdo con el Decreto Exento N° 159, de 2019, del Ministerio de Hacienda, y el monto que corresponda al personal traspasado según la asignación de la Ley N˚ 19.528, de acuerdo con el porcentaje fijado para la CMF al año. Eso sí, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 5° de la Ley N° 19.528.

"Esta bonificación será no imponible, se devengará mensualmente, se pagará en la misma oportunidad en la cual se pague la bonificación del artículo 5° de la Ley N° 19.528, y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración ni para ningún otro efecto legal", dice el acuerdo.

"El proyecto de ley que implementará las medidas descritas... deberá ingresarse oportunamente por parte del Ejecutivo, de manera tal que quede implementado a partir del 1 de enero 2020.

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