Gobierno promulga Ley de pago a 30 días y su aplicación será gradual en 2 años

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Para el sector público, la normativa comenzará a regir un año después de su publicación. Salud y municipalidades desde el mes 29 de publicada la iniciativa.


El gobierno promulgó ayer la Ley de Pago a 30 días que busca beneficiar a más de un 1 millón de pequeñas, medianas y micro empresas del país. Si bien las pymes valoraron este avance, no quedaron del todo conforme, ya que plantean reparos por la gradualidad, la cláusula excepcional de pago y la no incorporación del IVA crédito. Pero cuáles son los puntos claves de esta nueva ley.

¿Cuándo entra en vigencia la nueva ley?

Al cuarto mes de su publicación en el Diario Oficial y durante los primeros dos años de implementación el plazo máximo de pago será de 60 días y quedará en 30 días a partir del mes 25 de su publicación.

En el caso del sector público, respecto a intereses, comisiones moratorias y régimen de responsabilidad, la normativa comenzará a regir un año después de su publicación, mientras que en el sector salud y municipalidades, los nuevos plazos de pago comenzarán a operar desde el mes 29 de publicada la ley en el Diario Oficial.

Plazo excepcional de pago

La ley permitirá que, en casos muy excepcionales, las partes puedan acordar un plazo de pago superior a los 30 días, cumpliendo con condiciones que incluyen, entre otros, un acuerdo por escrito que no podrá constituir un abuso para el acreedor y que deberá ser inscrito en un registro que llevará el Ministerio de Economía.

¿Qué es la guía de despacho electrónica?

Es de carácter obligatorio y permite al SII poder verificar que una pyme haya entregado sus mercaderías y facturas. En el plazo de un año estará instaurado el sistema de guía de despacho electrónica, por lo tanto, se sabrá el día exacto de facturación y además la ley después establece el plazo de pago para esa factura, así que los plazos serán acotados y los que no lo cumplan tendrán penalidades en términos de intereses y multas.

¿Cuáles son las sanciones que se aplicarán?

Las multas van desde la aplicación de intereses corrientes por cada día de atraso en el pago y el cobro de una comisión fija por recuperación de pagos, equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado.

¿Qué opinan las pymes y gremios?

En general consideran que es un gran avance. Pero les preocupa el informe sobre el IVA crédito que emitirá el SII para evaluar la viabilidad de su uso, ya que esperan que no se pueda ocupar mientras no se haya pagado la factura.

Además, hubiesen querido que la puesta del pago de 30 días del área de salud y municipalidades sea antes de 29 meses, ya que mientras tanto van a estar en las mismas condiciones que pagan ahora, que puede ir desde los 120 días, según Unapyme.

El presidente de la CNC, Manuel Melero dijo que "lo que viene ahora es lo más difícil, que es la implementación donde se debe vigilar el cumplimiento de esta ley que no será fácil, porque hay una simetría grande entre los actores del mercados".

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