Justicia acoge orden de no innovar en el caso del pago de tributos de seguros con ahorro

SIIWEB

El SII solicitó a las compañías de seguro retener el 25% de la ganancia de capital.


Las compañías de seguros que optaron por acudir a la justicia por la diferencia con el Servicio de Impuestos Internos por la tributación de los seguros con ahorros, se anotaron un punto. La Corte de Apelaciones acogió la orden de no innovar solicitada por las firmas.

A fines de año, el SII sorprendió a la industria aseguradora al emitir la circular 58 que fijó el suplemento tributario. En este se ordenada a las compañías de seguros una serie de pasos a seguir al momento de que sus clientes retirasen sus fondos en el denominado producto de seguro con ahorro. Debían retener 25% del mayor valor obtenido.

Con esta circular, las compañías aseguradoras estarían obligadas a retener impuestos e informar rentabilidades al SII, así como también emitir certificados tributarios.

Este cambio generó preocupación en la industria aseguradora, pues a su juicio este tipo de productos no estaba asociado al pago de impuestos, señalando que en un pronunciamiento anterior del 2010, el SII había sido claro al interpretar que los rescates de seguros de vida con ahorro estaban liberados de tributación.

Se estiman en unas 400 mil pólizas las afectadas por lo que aseguran es un cambio de criterio.

Por ello cuatro empresas (Confuturo, Security, Sura y Zurich) y dos clientes acudieron a la justicia e interpusieron sendos recursos de protección hace unos días.

El plazo para ello finalizaba el 18 de enero.

La Corte los acogió, así como también la orden de no innovar. Esto en la práctica implica que los efectos de la circular del SII están congelados.

Pero en la industria también estiman que existe un problema de forma, no sólo de fondo. Esto, pues creen que hubo un cambio de criterio del Servicio.

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