A poco más de un año del Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, en el que se estableció un quórum de 2/3 para aprobar o rechazar todo lo que se quiera estipular en la conformación y desarrollo de la Convención, se levantaron voces que proponen cambiar las reglas del juego a tan solo un par de meses de su inicio.

El lunes 16 la diputada del Partido Comunista –agrupación que se restó del acuerdo–, Camila Vallejo, presentó un proyecto que busca otorgar a la Convención Constitucional la facultad para mantener o modificar el quórum que se estableció previo a las elecciones del pasado 25 de octubre y el triunfo del Apruebo.

Si bien la propuesta cuenta con el respaldo de algunos parlamentarios del sector, fue cuestionada por el oficialismo y otros partidos como la Democracia Cristiana (DC) quienes rechazaron la idea de cambiar lo que se estableció en 2019, más aún cuando la agrupación de Vallejo no había sido parte del Acuerdo por la Paz.

Entre los argumentos que respaldan el proyecto, están algunas experiencias internacionales donde, según la diputada, se demostraron mejores avances en aquellos países que utilizaron la mayoría absoluta, además de la disminución del tiempo en el que se generaron los acuerdos, por ejemplo.

El quórum –la cantidad de votos exigida para aprobar o rechazar una iniciativa– de las asambleas constituyentes puede dividirse en mayoría simple, mayoría absoluta y quórum calificado. La primera, se entiende como la aprobación de la mayor parte de los miembros de la Asamblea o Convención, mientras que la mayoría absoluta exige la validación del 50% + 1 de los participantes, es decir, supone que más de la mitad del grupo aprueba el texto en discusión. El quórum calificado considera distintas proporciones en los acuerdos como 4/7, 3/5, 2/3 o 5/6.

En Chile, el quórum calificado es considerado como una ley especial del ordenamiento jurídico y es utilizado para modificaciones de la Constitución y otras iniciativas relacionadas, por ejemplo, con conductas terroristas. ¿Qué tipo de votación exigen los cambios constitucionales en otros países?

Colombia

En 1991 Colombia inició su proceso constituyente como resultado de la crisis social por la que atravesaba. De acuerdo a un documento de la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), “Elementos del Proceso Constituyente Colombiano”, el Acuerdo Político sobre la Asamblea Constitucional decretaba que el quórum para decidir sobre las normas constitucionales que conformarían el texto sería por mayoría absoluta, exceptuando aquellos asuntos que la Constitución vigente de ese entonces (1886) exigiera de la votación favorable de los 2/3 de los asistentes.

Estas reglas se reemplazaron por unas nuevas que decretaron la mayoría simple como requisito para aprobar las normativas y se estableció un sistema compuesto: para la aprobación en Primer Debate se requería la mayoría absoluta y para el Segundo Debate –en el que se discutían los temas pendientes del primero– el quórum exigido era de 2/3.

El sistema implementado ayudó a que el proceso de la Asamblea Constituyente demorara tan solo cinco meses desde el inicio de las sesiones de la Asamblea (5 de febrero de 1991) hasta la finalización de la Nueva Carta Constitucional (4 de julio de 1991).

Bolivia

Al momento de convocar la Asamblea Constituyente de Bolivia, en 2006, el quórum exigido para su funcionamiento y aprobación del nuevo texto era de 2/3. Sin embargo, durante el desarrollo de esta, el sector impulsor del cambio constitucional intentó modificar los dos tercios inicialmente establecidos y pasar a una mayoría absoluta.

Esto significó el inicio de una serie de trabas que impidieron el avance expedito de la plenaria, pues la derecha se impuso fuertemente a la iniciativa propuesta. El debate continuó mientras que movilizaciones y graves enfrentamientos se daban en las calles de Sucre, y ante la imposibilidad de negociación por parte del sector conservador del país, finalmente decidieron restarse de la Asamblea.

Sin la derecha en el juego, no se alcanzó el quórum de 2/3, por lo que aprobaron el texto apoyándose en la Ley Ampliatoria que ya indicaba el fin del plazo establecido. Quedaron temas en disenso que se aprobaron en plebiscito diarios, saltándose así el requerimiento de los dos tercios de los constituyentes y recurriendo a los dos tercios de los asambleístas presentes en la sesión.

A pesar de que la asamblea logró un texto en 2007 y lo envió al congreso para su aprobación, este permaneció en espera durante un largo tiempo antes de su publicación y no vio la luz hasta dos años más tarde.

Túnez

El caso de Túnez es similar. Dentro de las primeras instancias de discusión se utilizaba la mayoría absoluta para aprobar o rechazar, sin embargo, para el texto final se exigía un quórum de 2/3. Según lo establecido por el país, si la iniciativa no lograba los votos dentro de un mes, se exigía una nueva revisión y se desarrollaba una segunda votación. En caso de que no se alcanzara el quórum, el texto debía someterse a un referéndum popular.

La redacción de la Constitución no estuvo exenta de conflictos y disputas entre los miembros de la Asamblea que eran partidarios de los islamistas o laicos, sin embargo, en 2013 y tras casi dos años de elaboración, lograron establecer un texto final. A inicios de 2014, la Asamblea aprobó la Carta Fundamental con 200 votos a favor, 12 en contra y 4 abstenciones.

Ecuador

En Ecuador, para la aprobación del texto constitucional solo se exigió la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea. Durante el proceso, el órgano contó con un plazo de seis meses para cumplir con sus labores, sin embargo, tras un receso del Congreso, este debió asumir algunas funciones legislativas.

En septiembre de 2008, y a solo diez meses de que la Asamblea comenzara a sesionar, la redacción fue sometida a un referéndum popular donde el cambio constitucional se aprobó con el 63% de los votos.