Cuestionan constitucionalidad de reglamento sobre ley "Cholito"

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Denuncian que artículo que limita número de mascotas por cada 100 m2 sería ilegal, pues al ser los animales bienes muebles, atenta contra el derecho a la propiedad.




Continúa la polémica por los reglamentos que elaboró el Minsal y el Subdere con el fin de hacer operativa la ley de tenencia responsable de mascotas, mejor conocida como ley "Cholito, y que se aprobó en agosto pasado, luego de más de una década de tramitación. Uno de sus artículos más cuestionados es el que limita el número de mascotas a la superficie de patio disponible en casa. Se obliga a los ciudadanos a tener un animal por cada 100 m2.

Según el senador Guido Girardi (PPD), autor de la ley "Cholito", esta disposición limita el artículo 19 N°4 de la Constitución, que aborda el derecho a la propiedad, por lo que el reglamento atentaría contra la Carta Fundamental.

Por eso, Girardi considera acudir al Tribunal Constitucional si el Ejecutivo no retira el polémico artículo. El parlamentario agrega que este artículo limitaría las atribuciones del dominio sobre la mascota, al considerarse ésta como bien mueble según el Código Civil actual. "Es un reglamento totalmente clasista. ¿Quién tiene en Chile 100 m2 de patio para tener una mascota? Eso nos parece desproporcionado y con poco criterio. Aquí el problema no es la cantidad de m2, es si el perro está en buenas condiciones, bien alimentado, sanitizado y con sus vacunas. Eso es lo que debiera interesarnos", afirmó.

La abogada experta en derecho animal, Carolina Leiva, aclara que lo que se busca a futuro es dejar de considerar a los animales como propiedad. Actualmente, sí los considera como tal para efectos civiles, amparados en el artículo 19 de la Constitución. "Si una norma de cualquier jerarquía, en este caso un reglamento, pretende expropiar propiedad de una persona, sería abiertamente inconstitucional. Significa una anulación del dominio derechamente", señala Leiva.

Agrega que "si bien el Estado puede imponer limitaciones por razones de bienestar del animal o del bien común, en general la forma en que este reglamento lo está haciendo es completamente ilegal, pues va en contra del bienestar de las mascotas y de la sociedad que ha formado vínculo con los animales", puntualizó la abogada.

Sandra Ponce de León, directora de la Clínica Jurídica de la UC y abogada constitucionalista, afirma que "si bien los animales son considerados bienes muebles apropiables, no tienen la misma regulación que una silla o un teléfono y están más protegidos".

La abogada relativiza la afectación a la propiedad privada en materia de tenencia de animales, "pues esta tiene que ser compatible con el derecho a la propiedad de los demás y a intereses colectivos. En ese sentido, las restricciones a la propiedad son permitidas constitucionalmente por la función social, pero estas tienen que estar establecidas por ley, no por reglamento, y bajo criterios razonables".

Ofensiva municipal

Desde los municipios, organismos que tendrán un rol relevante a partir de la ley "Cholito", desestiman los artículos cuestionados en los reglamentos hoy en consulta.

"Hablar de 100 m2 no se condice con la realidad, y tampoco nos parece que se pueda aplicar la eutanasia. Eso tiene que ser modificado, y para eso esperamos que sean considerados nuestro argumentos en la consulta y en la redacción final de los reglamentos, si no, sería un tongo. La misma Subdere nos ha insistido en que los municipios entreguemos nuestro parecer", plantea

Felipe Delpín, presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM),

Andrés Chacón, director de la Asociación de Municipalidades de Chile (Amuch), prepara un documento que entregarán directamente al Minsal y Subdere para modificar los reglamentos.

"¿Quién nos puede obligar a decidir tener uno, dos o más perritos dentro de ciertos metros cuadrados? Es una medición bastante arbitraria, a lo mejor los técnicos que lo redactaron lo conciben como un espacio adecuado, pero la realidad es otra".

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