La Corte Suprema puso punto final a la disputa legal del Sernac y grandes empresas del rubro de alimentos por supuestas infracciones a la Ley de Etiquetado. El máximo tribunal del país rechazó los recursos de queja presentados por el servicio dependiente del Ministerio de Economía en contra de los fallos que favorecieron a Nestlé, Kellogg's, Dos en Uno y Masterfoods.

Justamente este último caso se zanjó este jueves, cuando la Corte Suprema desestimó acoger el recurso de queja presentado por el Sernac, que en última instancia intentó revertir las sentencias por parte de los juzgados de policía local y la Corte de Apelaciones de Santiago, que declararon su incompetencia para conocer esas denuncias.

Así quedó en evidencia en el documento que presentara Rodrigo Iturra, abogado que representa a Masterfoods. En su escrito de dos páginas el abogado detalló que en tres de los casos (Nestlé, Kellogg's y Dos en Uno), la Corte Suprema había fallado en contra del Sernac, reiterando la incompetencia de los juzgados de policía local la materia. Más aún, las tres sentencias, todas del 27 de diciembre de 2017, confirman que la decisión impugnada hace imposible su continuación, de modo que no resulta procedente el arbitrio ejercitado.

"Conforme a lo resuelto hace pocos días en las tres sentencias dictadas por la Corte Suprema en tres casos análogos al presente, queda de manifiesto que la resolución recurrida no es susceptible de ser impugnada mediante el presente recurso de queja, razón por la cual procede que éste sea declarado inadmisible sin más trámite", solicitó la defensa de Masterfoods.

En junio de 2016 Sernac denunció a un grupo de empresas por infringir la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, tras detectar que seis golosinas fabricadas o importadas por estos proveedores mantendrían publicidad dirigida a menores de catorce años en productos que contienen nutrientes críticos y que presentan los sellos "Altos en (Azucares, calorías y sodio)".

Sin embargo, cada uno de los juzgados de policía local que recibieron las denuncias presentadas por el Sernac desestimaron la acción al considerar que no eran competentes para seguir los procesos judiciales.

Respuesta

Consultado el Sernac respondió: "Lo resuelto por los tribunales de justicia no se refiere a al fondo de los cuestionamientos por este servicio en materia de etiquetado de alimentos, sino, más bien, a que los juzgados de policía local no eran competentes para conocer la acción deducida por esta institución". Y añadió: "en ningún caso los pronunciamientos judiciales han avalado la conducta de los proveedores, la cual, el Sernac, sigue considerando infractora de los derechos de los consumidores".