La Comisión de Educación del Senado, en segundo trámite constitucional, aprobó la posibilidad de que los establecimientos educacionales no deban ser dueños de su infraestructura, tal como lo señalaba la ley que terminó con el lucro, el copago y la selección. La indicación, que fue apoyada de manera unánime por senadores de la UDI al PS, busca permitir que los sostenedores que se hayan convertido en fundaciones o corporaciones sin fines de lucro puedan mantener los arriendos de infraestructura de manera indefinida.

Esta modificación parece razonable, ya que si se quiere resguardar que no exista retiro de utilidades a través de contratos inmobiliarios, hay formas más adecuadas de hacerlo que imponer que toda la infraestructura deba ser propia. Por ejemplo, poniendo un foco fiscalizador en aquellas situaciones donde el arriendo sea entre entes relacionados.

A pesar del apoyo transversal que la iniciativa encontró en la comisión del Senado, no es claro que esta modificación tenga finalmente éxito; en particular, debido a las dudas que con certeza surgirán cuando el proyecto deba regresar a la Cámara de Diputados, donde se ha insistido tenazmente en mantener estas restricciones tal como fueron aprobadas en 2015. El gobierno deberá ejercer un liderazgo para lograr destrabar eventuales visiones encontradas entre los parlamentarios si quiere evitar que en marzo de 2018 varios cientos de colegios se vean imposibilitados de seguir recibiendo la subvención estatal, poniendo en riesgo la educación de miles de alumnos.

Con todo, se debe reconocer que el escenario para el Ejecutivo no es sencillo, ya que lo que se está proponiendo a nivel escolar es justamente lo que se busca prohibir en el proyecto de educación superior, donde la ley pretende incluir prohibiciones e imponer fuertes barreras a operaciones con personas relacionadas.

Pese a que es perfectamente posible que las instituciones de educación superior y escolar tengan regulaciones distintas en este ámbito, dicha situación no parece lógica, menos cuando el principio que el Ejecutivo busca cautelar -esto es, impedir el lucro- es el mismo.

Esa situación refleja lo complejo que es tratar de borrar, en cuatro años, una tradición centenaria en nuestro país -cabe recordar que la ley de Educación Primaria Obligatoria del año 1920 ya entregaba subvenciones escolares a "sociedades de cualquier clase"- donde el Estado incentivó a los privados para que lo apoyaran en la necesidad de expandir la matrícula escolar.

Más allá de la complejidad de la tarea, no parece haber habido demasiada reflexión en quienes han impulsado la reforma educacional respecto a cuál es el real beneficio de eliminar el lucro en la educación escolar. Diversas investigaciones han mostrado que la heterogeneidad de los resultados se encuentra en todo tipo de colegios (con y sin fines de lucro, públicos y privados), por lo que más que focalizar los esfuerzos en un tipo de establecimiento en particular, lo adecuado era poner atención en aquellos que no logran los resultados esperados sin importar cómo se organizan jurídicamente. Asimismo, la eliminación del lucro -que ha sido una de las consignas más fuertes a lo largo de toda esta discusión- será un fuerte golpe a la diversidad de proyectos educativos en el país.