EL LAMENTABLE estado en que se encuentran varios puntos de Valparaíso -ciudad declarada patrimonio de la humanidad por la Unesco-, el incendio provocado por turistas extranjeros el 2011 que arrasó con miles de hectáreas del parque Torres del Paine, y el ruinoso estado en que se mantuvo por décadas el tradicional Palacio Pereira, son  ejemplos de la importancia que tiene dotar al país de una institucionalidad adecuada para la correcta conservación de nuestro patrimonio cultural.

Un avance acertado en esa dirección es el proyecto de ley que ingresó el gobierno al Congreso, con el que se busca perfeccionar varios aspectos de la normativa de monumentos nacionales que data de 1970, agilizando la mantención de los mismos, ampliando su uso cotidiano y asegurando su conservación con nuevos incentivos para que las personas resguarden la riqueza patrimonial de Chile; ya sea a través de beneficios tributarios, como mediante medidas disuasivas, pues se contemplan mayores sanciones a quienes dañen la infraestructura patrimonial del país, entre otras herramientas. Sin embargo, surgen algunas dudas en cuanto a la efectividad que tendrán estas medidas para cumplir con el propósito de conservar nuestra riqueza patrimonial. Que uno de los principales organismos dedicados a resguardar el patrimonio nacional, como es el Consejo de Monumentos, sea incorporado a la estructura del futuro Ministerio de Cultura, según lo establece el proyecto de ley que crea esta nueva cartera ministerial y que se discute en sede del Legislativo, puede resultar contradictorio. Incorporar al Consejo a una entidad que por sus dimensiones y diseño organizacional supone un esquema de administración más burocrático, parece inconveniente cuando el propósito es precisamente agilizar su funcionamiento. De hecho, para acelerar los trámites de restauración de un edificio patrimonial -proceso que actualmente puede demorar 40 días- el proyecto de monumentos contempla la constitución de 15 consejos regionales que tendrán la facultad de autorizar intervenciones y llevar un catastro de los monumentos en sus respectivas zonas.

A su vez, la iniciativa legal extiende las exenciones del impuesto territorial ya no sólo a los monumentos históricos sin fines comerciales, sino también a aquellos en los que sus dueños le decidan dar esa finalidad. Esto es positivo, porque al permitir realizar distintos tipos de emprendimientos, motivará su conservación. En este sentido, habrá que tener especial cuidado con este incentivo, dado que el proyecto no fija el destino comercial que se les podrá dar a esos inmuebles, dejando esa definición a los municipios mediante el plan regulador. El criterio que los gobiernos locales apliquen será fundamental para garantizar su adecuada conservación. De igual forma, sería favorable que se exploren fórmulas de financiamiento con recursos del Estado que ayuden a los privados a conservar los inmuebles patrimoniales. El reemplazo de las zonas típicas o pintorescas por una zona de valor patrimonial y cultural es otro cambio significativo que permitirá adaptar la conservación de los inmuebles al entorno donde están insertos.

Finalmente, existe un importante desafío que será coordinar a los organismos gubernamentales involucrados en el cuidado del patrimonio nacional, entre ellos, el Ministerio del Medio Ambiente, y ajustar otras normativas que también regulan esta materia.