Señor director:

En un editorial publicado el 11 de abril titulado "Propuesta de regulación de las máquinas tragamonedas", hay  opiniones que reflejan sólo uno de los aspectos que enmarcan el fenómeno social en torno a las máquinas tragamonedas que funcionan fuera de los casinos.

El fenómeno de estas máquinas, físicamente iguales pero técnicamente distintas, es global y países como España y EE.UU. ya lo han regulado. En Chile, sin embargo, sólo se regulan las máquinas que técnicamente pueden funcionar dentro de un casino,  no las de este nuevo tipo. Por tanto, de acuerdo a la ley chilena y lo ratificado en numerosos fallos judiciales y de la Contraloría General de la República, las máquinas que operan fuera de los casinos no son ilegales, por tratarse de "máquinas de juego programado", técnicamente distintas.

Es precisamente por la ambigüedad legal en que se encuentran que tanto el proyecto de ley del gobierno, como la moción de los senadores Rossi, Rincón, Quintana y Bianchi, más el trabajo que está realizando el ex superintendente de Casinos, Francisco Leiva, con Fiden, apuntan a dar un marco legal que regule la operación de este tipo diferente de máquinas tragamonedas.

La magnitud del fenómeno social y económico que hay detrás de la entretención con juegos electrónicos requiere  un marco legal que posibilite una regulación justa, que norme la industria en todos sus aspectos: técnicos, económicos y sociales, a modo de asegurar la transparencia, seguridad y la fe pública, permitiendo a los miles de microempresarios y operadores realizar su actividad sin amenazas ni persecuciones. Frente a esta realidad, la prohibición no regula el problema.

Ramón Sepúlveda

Vicepresidente de Fiden