Señor director:

El representante regional para la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas, Amerigo Incalcaterra, señaló que esperaba -en relación al Examen Periódico Universal (EPU) de Derechos Humanos que Chile rindió ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU-, que el gobierno aceptara todas las recomendaciones, o al menos la gran mayoría de ella, incluyendo las relativas a la despenalización del aborto en ciertos casos y que la Presidenta se estaría poniendo al día con  obligaciones internacionales en esta materia.

Al respecto, es menester señalar que Chile ya se pronunció sobre esta temática, rechazando expresamente las nueve relativas a la despenalización del aborto, por cuanto la Constitución Política consagra en su artículo 19 número 1 "el derecho a la vida de la persona", agregando a continuación que "la ley protege la vida del que está por nacer", sin reconocer un derecho humano al aborto, conforme los tratados de derechos humanos ratificados. En efecto, la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer no establece el derecho al aborto como norma de derechos humanos, y en la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo de El Cairo de 1994, se consignó que no existe consenso internacional para reconocer al aborto como parte integral del derecho a la salud sexual y reproductiva de la mujer.

Recordemos que en el EPU del 2009, la misma Presidenta Bachelet también rechazó las recomendaciones relativas al aborto, configurándose una verdadera política exterior en la protección al derecho a la vida del que está por nacer.

Finalmente, no existe ningún instrumento internacional ni costumbre vinculante en materia de derechos humanos para Chile que obligue a legislar en materia de aborto como lo pretende el señor Incalcaterra.

Pablo Urquízar M.

Director Legislativo de Comunidad y Justicia