Un estudio de Acción Educar dio cuenta de los efectos prácticos de una de las restricciones que estableció la denominada Ley de Inclusión. De acuerdo a la legislación, para poder abrir nuevos colegios debe existir una "demanda insatisfecha" y que "no exista un proyecto educativo similar en el territorio que se pretende desarrollar". Esto significa que en capitales regionales como Rancagua, Talca o Temuco no pueden abrirse nuevos establecimientos; lo mismo sucede en municipios capitalinos como Providencia o Colina.

Las implicancias de esta política son diversas. En primer lugar, restringe fuertemente la libertad de enseñanza consagrada en la Constitución. Por otro lado, dificulta las opciones de los apoderados para elegir el colegio que más se ajuste a sus intereses. Por ejemplo, el criterio de insatisfacción de demanda solo se considera en cuanto al número de cupos disponibles, obviando que es posible que en una comuna pueden existir muchas vacantes disponibles pero solo en establecimientos de modestos resultados académicos. Finalmente, establece oligopolios, donde unos pocos establecimientos tendrán un público cautivo, diluyendo los incentivos por satisfacer las necesidades de las familias y elevar la calidad académica.

Como si lo anterior no fuese suficiente para darse cuenta de lo inconveniente de esta medida, con esta norma serán funcionarios de las Seremías regionales del Ministerio de Educación quienes definan qué proyectos educativos son valiosos y merecen ser abiertos, incorporando discrecionalidad burocrática a una decisión que antes estaba en manos de las familias.