Fueron dos los argumentos que esgrimió la Sala Penal de la Corte Suprema para rechazar el recurso de amparo presentado por el general (R) y ex subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia (Dina) Raúl Iturriaga Neumann, con el que buscaba obtener su libertad condicional. El ex oficial está condenado, entre otros casos, a 15 años de presidio por el asesinato de Carlos Prats.

La primera razón invocada por el máximo tribunal para revertir la decisión de la Corte de Apelaciones -que le había entregado el beneficio carcelario- fue que a pesar de haber cumplido parte de la pena por estos ilícitos de lesa humanidad, no podía obtenerlo a raíz de que en paralelo tiene diversas causas abiertas en las que se decretó su prisión preventiva por ser un "peligro para la sociedad".

El segundo argumento se basa en que para obtener la libertad condicional uno de los requisitos para penas de más de 20 años es haber cumplido la mitad de la condena en casos de delitos graves, como homicidio calificado, secuestro calificado y de lesa humanidad, la comisión puede no otorgarla por la gravedad de éstos.

"La gravedad de los delitos objeto de condena y extensión de las penas impuestas conduce necesariamente a concluir que apenas 10 años de cumplimiento de pena efectiva frente a la extrema gravedad de los delitos de lesa humanidad por los que fue condenado el amparado Iturriaga Neumann (...) es que la concesión de la libertad condicional resultaría carente del elemento de proporcionalidad", señala el fallo.

Agregaron los magistrados que este elemento "ya tratado obsta a otorgar el beneficio al interno contra quien todavía se encuentran pendientes más de una docena de procesos seguidos por delitos de igual gravedad, pues sólo una vez que todos ellos sean terminados podrá dilucidarse con meridiana certeza cuál es el tiempo de cumplimiento efectivo de las penas que resulta proporcional a la gravedad de todos los ilícitos que se le imputan".

El abogado de Iturriaga, Raúl Meza, indicó que "esta sentencia incurre en una inconstitucionalidad al imponer por la vía jurisprudencial requisitos que no están contemplados en la ley que regula la concesión de la libertad condicional, me refiero a imponer como condición para su otorgamiento que el condenado no tenga otros procesos pendientes y, aún más, considerar la gravedad del delito. Este fallo genera un nefasto precedente judicial para los militares condenados por delitos de lesa humanidad, condenándolos prácticamente a morir en la cárcel".

Alicia Lira, presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, dijo que "este fallo de la Corte Suprema es un triunfo colectivo de las agrupaciones. Es un precedente importante, ya que a los violadores de los derechos humanos no les corresponden beneficios carcelarios. Estamos tranquilos".