Dirección del Trabajo rechaza recurso de Entel y ratifica ilegalidad de topes a metas para incentivos remuneracionales

Dirección del Trabajo rechaza recurso de Entel y ratifica ilegalidad de topes a metas para incentivos remuneracionales

La resolución se da en el marco de un requerimiento realizado por cuatro de los sindicatos de la compañía en diciembre de 2020.


La Dirección del Trabajo (DT) rechazó un recurso de reconsideración presentado por Entel al dictamen de la entidad fiscalizadora de septiembre de 2021, en aquella parte que declaró ilegal el tope de 130% establecido en las metas de los incentivos remuneracionales de los ejecutivos de desarrollo de la compañía.

Todo esto se da en el marco de un requerimiento realizado por cuatro de los sindicatos de la compañía en diciembre de 2020.

Según los sindicatos el cálculo para las remuneraciones variables se limita a un porcentaje (130%), aun cuando el trabajador haya tenido un rendimiento superior respecto a la meta establecida y además descuenta desactivaciones, migraciones y anulaciones de contratos por decisión del cliente/a hasta 7 meses atrás.

En septiembre de 2021, la DT sostuvo que “desconocer el rendimiento del trabajador a partir de cierto punto, es contrario al principio constitucional de la justa retribución. Y desde otra perspectiva también constituye un enriquecimiento sin causa para el empleador”.

Y agregó que “si la operación o venta no prosperó y fue necesaria su anulación por parte de un tercero ajeno a la relación laboral, no es lícito el descuento de remuneraciones variables devengadas y percibidas, puesto que es un riesgo que debe ser asumido por el empleador”.

Ante este escenario, y respecto a dicha resolución, Entel decidió interponer un recurso de reconsideración, alegando que la DT carecía de competencia para interpretar contratos.

Potestad interpretativa

Frente a esto, la DT en un dictamen emitido este lunes sostuvo que “en la práctica institucional de esta dirección, cotidianamente se fiscaliza el cumplimiento de contratos individuales y colectivos de trabajo, lo cual, como se ha dicho, no es posible hacerlo sin interpretar esas normas. Privar de esta potestad interpretativa a la DT implicaría restarle parte sustantiva de sus atribuciones fiscalizadoras”.

Y agrega que “los argumentos y consideraciones hechas valer en esta oportunidad, ya fueron debidamente ponderados y analizados al emitir el pronunciamiento impugnado, por lo cual no constituyen nuevos antecedentes que permitan modificar la conclusión a la que se arriba”.

Al respecto el presidente del sindicato N°1 de Entel, Javier López afirmó que “el fallo marca un precedente en la industria de telecomunicaciones y otras grandes empresas, cuestionando el modelo de incentivos que éstas han creado mediante indicadores arbitrarios que traspasan los riesgos del negocio a las y los trabajadores”.

En este sentido, López señaló que espera que Entel dé cumplimiento a lo concluido por la Dirección del Trabajo y pueda proponer un nuevo modelo de incentivos que siga los lineamientos de lo dictaminado y garantizando lo justo para los trabajadores de la empresa.

Frente al dictamen de la DT, Entel debe aplicar los nuevos requerimientos o tiene 30 días para presentar un recurso de protección ante tribunales.

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