El destino de Nicolás López cae en la Suprema: sala penal del máximo tribunal declara admisible recurso que busca anular juicio

Fotos: Agencia Uno

Tras hacer una revisión del escrito ingresado por la defensa del cineasta nacional, a cargo de la abogada Paula Vial, el máximo tribunal acogió a trámite el recurso interpuesto en contra de la sentencia en que se condenó al director de "Que pena tú vida" a 5 años y un día de cárcel efectiva por abusos sexuales reiterados.


La Corte Suprema declaró admisible el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del cineasta nacional Nicolás López que busca dejar sin efecto la condena a 5 años y un día de cárcel efectiva por abusos sexuales reiterados que fue dictada por el Tribunal Oral de Viña del Mar el 16 de mayo pasado.

La decisión del máximo tribunal, que fue unánime, deja el destino del director de “Que pena tú vida” en la sala penal del máximo tribunal del país. En esta tapa, se hizo una revisión formal de los argumentos expresados por la defensa y los magistrados definieron que son ellos y no la Corte de Apelaciones de Valparaíso quienes están habilitados para revisar las eventuales infracciones constitucionales cometidas durante el juicio y que fueron alegadas en el recurso de la abogada Paula Vial.

Con esto, el próximo paso es que la sala penal ponga en tabla el caso y cite a los intervinientes para que se desarrollen los alegatos. Los ministros que resolvieron esta admisibilidad son Haroldo Brito, Jorge Dahm, Manuel Valderrama, Leopoldo Llanos y el abogado integrante Ricardo Abuauad.

Esta podría ser la última carta de la defensa de López, quien acusa a los jueces orales de haber infringido las garantías constitucionales de su defendido. En un escrito de casi 100 páginas, Vial fundamenta su presentación invocando como causal principal de nulidad que se aplica “cuando en cualquier etapa del procedimiento o en el pronunciamiento de la sentencia, se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías asegurados por la Constitución o por tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren actualmente vigentes”.

Presunción de inocencia versus perspectiva de género

Una de las claves que se pondrán en disputa ante la Suprema son los argumentos planteados por la defensa del cineasta que cuestiona el testimonio de una de las víctimas señalando que “no existió en juicio prueba alguna de corroboración del relato dado”, lo que constituiría una infracción del debido proceso. “La presunción de inocencia prevalece sobre la perspectiva de género, teniendo que demostrarse no si la víctima miente, si no, si existen elementos que corroboren su relato y que permitan destruir la presunción de inocencia que pesa sobre mi representado, cosa que no ocurrió en el presente juicio”, se afirma en el texto.

Durante los últimos días hay quienes han cuestionado a uno de los jueces titulares de la sala penal, el ministro Jorge Dahm, porque tendría un parentesco en tercer o cuarto grado con una de las amigas y testigos de defensa de López. Sin embargo, al interior del Palacio de Tribunales, aseguran que no existen tal inhabilidad, que nunca ha sido alegada tampoco por una de las partes y que por lo mismo junto con participar del amparo que liberó al director de “Que pena tu vida” al revocar la prisión preventiva, el 20 de mayo pasado, el magistrado decidió también participar de la admisibilidad del recurso.

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