La batalla legal de los trabajadores de las Corporaciones Vita en contra de Vitacura por el caso Torrealba

Municipalidad de Vitacura Foto: Andres Perez

Diversos tribunales e incluso la Corte Suprema han reconocido deudas en favor de los exfuncionarios, pero recientemente han señalado que no es el municipio el que debe pagar, sino las corporaciones, que actualmente se encuentran, en su mayoría, en insolvencia.


Las esquirlas del caso que involucra al exalcalde Raúl Torrealba, enjuiciado por delitos de fraude al Fisco y que lo tiene con arresto domiciliario total, aún salpican a la Municipalidad de Vitacura y sus corporaciones, que ahora tienen una nueva arista legal puertas adentro.

¿Qué pasó? Una serie de trabajadores de las corporaciones Vita -privadas, pero creadas a expensas del municipio- dicen haber quedado a la deriva tras la decisión del Concejo Municipal de la comuna liderada por la alcaldesa Camila Merino (Evópoli) de suspender las subvenciones que el municipio les entregaba.

Esa situación ha significado para esas personas, según han denunciado, no recibir remuneraciones, indemnizaciones por término de contrato, cotizaciones de seguridad social o pagos de feriados, entre otras prestaciones laborales, porque sus exempleadores -corporaciones Vita y el Consejo de Deportes- se encuentran en insolvencia. Esto derivó en una batalla legal que incluso ya llegó hasta la Corte Suprema.

Para entender el conflicto hay que remontarse al autodespido en el que incurrieron los trabajadores. Uno de ellos es Cecilia Sanhueza, quien trabajó en el Consejo de Deportes hasta el 2021 y posteriormente demandó a dicha organización y a la Municipalidad de Vitacura como unidad económica, argumentando que esta última intervenía en todas las decisiones administrativas, laborales y financieras de dicho consejo.

Y aunque inicialmente obtuvo una sentencia favorable en el 1° Juzgado de Letras del Trabajo, que condenó al municipio y a la organización a llevar a cabo el pago de la deuda, que en su caso alcanza la suma de $88.742.108, que luego fue reconocida por la Corte Suprema, pero eximiendo a la Municipalidad de Vitacura.

Mismo caso ocurrió con Carlos Galleguillos, que puso término a su contrato por los mismos incumplimientos alegados por Sanhueza, y demandó al consejo y a la Municipalidad de Vitacura por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones. Frente a esto, el funcionarios obtuvo una sentencia favorable del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, pero dicho fallo rechazó la demanda de único empleador en contra del municipio y a la fecha se encuentra pendiente el recurso de nulidad interpuesto por el funcionario en contra de la decisión de eximir de responsabilidad a la alcaldía.

14 DE FEBRERO 2024 / SANTIAGO FOTO: FRANCISCO VICENCIO / AGENCIA UNO

¿Y quién paga?

Los recientes fallos, si bien reconocen las deudas de los funcionarios, han apuntado a que la municipalidad no es quien debe pagar, aun cuando las corporaciones tienen sus orígenes ahí. Ante esta situación, el abogado de los exfuncionarios, Matías Rodríguez, indica que “es indignante que el municipio se desentienda de su responsabilidad en el pago de derechos laborales y previsionales de trabajadores que se vieron involucrados injustamente en este escándalo de corrupción. Es de toda justicia que asuma su responsabilidad en la satisfacción de los derechos de estos trabajadores, única forma de garantizar su acceso efectivo a la justicia”.

De hecho, tras la decisión de la Corte Suprema el abogado insiste en que llevará a cabo una serie de medidas para lograr la devolución de los montos que, según ellos, siguen al debe.

“Existen recursos pendientes ante la Corte de Apelaciones de Santiago, discutiendo la calificación del municipio como único empleador en conjunto con las corporaciones”. En esa línea, añade que “el municipio no ha sido eximido de responsabilidad laboral en los demás juicios laborales. El hecho de que la municipalidad no sea calificada como empleador único por tribunales del trabajo, no descarta otras fuentes de responsabilidad administrativa y civil”.

Frente a esta situación, desde la Municipalidad de Vitacura se mostraron confiados de la decisión del máximo tribunal, la que, creen, respaldaría además otros procesos judiciales que se están llevando a cabo.

“La Corte Suprema falló a favor de la posición de la Municipalidad de Vitacura, indicando que no existe un vínculo contractual, ni tampoco aplica la ley de subcontratación en el caso de los extrabajadores de los antiguos Vita que demandan por sueldos y cotizaciones impagos. Esto nos deja conformes en cuanto debemos cuidar los recursos municipales y genera un precedente para futuras demandas”, indicaron.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.