Gobierno crea plataforma para restituir $8.500 millones cobrados en exceso a usuarios de cajas de compensación

Actualmente, existen $8.500 millones en excedentes para devolución para 250.000 pensionados y trabajadores afiliados a cajas de compensación.




El ministro del Trabajo, Juan Carlos Jobet, y la superintendenta de Seguridad Social, María José Zaldívar, anunciaron que existen $8.500 millones en excedentes para devolución de 250.000 pensionados y trabajadores afiliados a cajas de compensación.

Las autoridades presentaron una plataforma digital para que el usuario conozca su situación y verifique cuánto dinero deberá ser restituido de inmediato por las cajas.

La plataforma ya está disponible en el sitio web de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y en el portal del Ministerio del Trabajo.

Según explicó la superintendenta, la mayoría de los dineros que deberán ser restituidos a pensionados o trabajadores corresponde a errores o duplicidades en pagos en exceso de cuotas de créditos sociales, tanto por parte de entidades empleadoras como de deudores de crédito social, y son situaciones inherentes al proceso de recaudación de los créditos sociales. Esto, porque el pago se realiza vía descuento por planilla, situaciones como pagos por ventanilla o errores en los descuentos en finiquito por parte de los empleadores, entre otros.

Agregó que un número importante de pensionados le corresponde devoluciones por sobre los $50.000.

La autoridades explicaron que el procedimiento es muy simple, ya que consiste en visitar los sitios web www.mintrab.gob.cl o www.suseso.cl  pinchar el banner de "Devolución de Pagos en Exceso".  Revisar la caja respectiva a su afiliación o la que estuvo ligado anteriormente y le aparecerá si cuenta con excesos.

Toda persona que resulte favorecida con devolución de dinero debe acercarse a la caja que corresponde a su afiliación, con su carnet de identidad, y puede pedir la devolución en efectivo, cheque nominativo o depósito en cuenta que se indique, en un máximo de 5 días hábiles contados desde que se solicita la devolución.

En caso de no poder concurrir, puede entregar poder simple (con firma y huella, indicando además cómo se solicita la devolución) autorizando a un tercero, quien además  debe llevar una fotocopia de la cédula de identidad del acreedor.

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