Rechazan aplicar penas diferenciadas en casos de femicidio

La diputada Adriana Muñoz dijo que la más alta sanción deber ser a todo evento, presidio perpetuo calificado.




La diputada PPD, Adriana Munoz, autora del proyecto de ley que tipifica el femicidio en el Código Penal, dijo que quien asesina a su mujer o ex mujer merece la más drástica sanción que es el presidio perpetuo calificado. "No podemos tener femicidios de primera y segunda categoría como propone el Senado que pretende establecer diferentes penas para parejas actuales y ex parejas que asesinan a sus mujeres", apuntó.

Según la diputada Muñoz, el asesinato de una mujer es igual de grave cuando el victimario es el cónyuge o conviviente actual o en los casos en que se trate de una ex pareja de la víctima. Por lo tanto, más allá de la temporalidad del vínculo "lo que hay es un asesinato precedido por años de maltrato y abusos en contra de una mujer y eso merece una sanción única".

Adriana Muñoz, explicó que el Senado rechazó dos disposiciones contenidas en el proyecto presentado a la Cámara de Diputados, lo que implicó ir a Comisión Mixta, donde hoy se intenta reponer la misma penalidad para asesinatos de mujeres en manos de sus actuales parejas o ex parejas.

TIPIFICACION
Dentro de lo que rechazó el Senado está la definición de femicidio como el asesinato cometido en contra de una mujer por el ex cónyuge o ex conviviente, circunscribiéndolo sólo al cónyuge y conviviente actual. Rechazó también las penas aplicables al delito, dejando sanciones diferenciadas para el asesinato de mujeres por sus maridos y convivientes (femicidio), y por los ex (homicidio simple). Las penas para el femicidio son de 15 años y un día a 40 años (cadena perpetua). Las penas para el homicidio simple son de 5 años a 15 años.

Muñoz manifestó que estas modificaciones introducidas por el Senado, "desvirtuaron completamente el propósito original del proyecto que busca definir normas especiales en nuestra legislación, para hacer visible la violencia que viven las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, y por el contrario, el acuerdo del Senado instaló violencias y asesinatos a mujeres de primera y segunda categoría".

No obstante, agregó la diputada, si bien en la Comisión Mixta se logró volver a la definición original de femicidio, aún no se resuelve el tema de las penas. Por esta razón, Muñoz dijo que "me seguiré oponiendo a que el asesinato de mujeres por sus ex-esposos y ex-convivientes, sea considerado homicidio simple, porque en primer lugar: la condición de ex no desvincula este asesinato del sustrato donde se origina: la discriminación, dominio y control que se ejerce con violencia sobre las mujeres".

La vinculación más habitual entre el agresor y la víctima es la de cónyuges. Un 26,17% de los femicidas han cometido su crimen tras romper su relación con la víctima.

Para Muñoz el asesinato de un "ex" puede quedar en la impunidad. Esto porque las penas aplicadas 5 a 15 años pueden reducirse a la nada si se aplican atenuantes, como por ejemplo: la irreprochable conducta anterior que no considera si el acusado tuvo denuncias por Violencia Intrafamiliar. Esta atenuante puede rebajar la pena hasta en dos o tres grados, vale decir la condena puede llegar solo a 3 años, y con esto el acusado puede acogerse a beneficios, uno de los cuales puede ser la pena remitida o sea en libertad.

Finalmente, la parlamentaria señaló que "tengo confianza que los senadores y diputados que integramos la Comisión Mixta, impediremos que se consagre en la ley una nueva discriminación a las mujeres y una aberración cultural de esta naturaleza en pleno siglo XXI".

"Creemos que es hora de llamar las cosas por su nombre. Cuando se da muerte a una mujer en el marco de una relación de pareja estamos ante femicidios, ante muertes de mujeres provocadas por el hecho de ser mujer y por ser consideradas sujetos apropiables", apuntó.

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