Reclasificación de cannabis bajaría de 15 a 5 años pena máxima por tráfico

Fiscalía sostiene que modificación del decreto daría la facultad a los jueces de reducir en un grado las condenas.




La propuesta del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (Senda) de reclasificar la cannabis de droga "dura" a "blanda", tendría una serie de modificaciones en la persecución penal por delitos relacionados con la venta de estas sustancias ilícitas.

Lorena Rebolledo, subdirectora de la unidad de Drogas de la Fiscalía Nacional, manifestó que en caso de que se concrete el cambio en la reglamentación, disminuirían las penas por tráfico de marihuana, argumentando que la Ley 20.000 establece en el artículo 1 que "para las drogas blandas existe una rebaja facultativa, o sea, el juez podría bajar hasta en un grado la pena", explicó. En ese sentido, agregó que los responsables por este tipo de delito podrían tener un máximo de cinco años de condena, si así lo determina el magistrado: "El juez puede o no bajar la pena. No hay alguna infracción a la ley si así lo hace".

La representante del Ministerio Público aclaró que las "drogas blandas" o el listado 2, están detalladas en el decreto 867 del Ministerio del Interior, que complementa la legislación antidrogas y comprende algunas sustancias como alprazolam, clonazepam y nicocodina.

La lista uno, o de "drogas duras", las define como capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud y actualmente incluye a la cannabis y sus derivados, junto a la heroína, ketamina, cocaína, anfetamina y opio, entre otras.

La marihuana fue incluida en el año 2008, cuando se hizo la modificación del reglamento.

Lorena Rebolledo expresó que respecto de las condenas por tráfico de drogas, en abstracto, se contemplan penas que van de cinco años y un día hasta 15 años. "En caso de que se pueda bajar un grado, no hablaríamos de presidio mayor, sino que de menor. En este caso sería de tres años y un día a cinco como máximo", señaló.

EXPERTOS

El abogado experto en derecho penal Juan Domingo Acosta, sostuvo que "a mi modo de entender, este reglamento, que data del año 2007, considera un error porque evidentemente no pueden ponerse en un mismo pie drogas como el cannabis, con drogas como el LSD, por ejemplo, que están entre ellas, las anfetaminas, la cocaína y otras más".

Acosta añadió que el potencial cambio del decreto 867 no afectaría al microtráfico. "La ley es indiferente si son drogas duras o drogas blandas, la pena es una sola y va de 541 días a 5 años". Asimismo, agregó que en el caso del cultivo tampoco hay cambios. "Es una pena autónoma, en ese caso es de presidio menor en su grado máximo a mayor en su grado mínimo, o sea, va de tres años y un día a 10 años y ahí tampoco se alteraría".

Héctor Hernández, abogado penalista y profesor de derecho de la Universidad Diego Portales, explicó que en el anterior gobierno de Michelle Bachelet, cambiaron el régimen de la marihuana, debido a la expansión.

"Creo que hoy las penas que tenemos son absolutamente desproporcionadas". Agregó que "no es razonable tener a dogas duras, sumamente peligrosas, tremendamente adictivas, que provocan un daño evidente en la salud de las personas, mezcladas con drogas que a lo mejor están muy extendidas, pero que no provocan esos efectos", sostuvo.

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