Depósitos olvidados en los bancos y cooperativas superan los $104 mil millones

Depósitos olvidados en los bancos y cooperativas superan los $104 mil millones

La Ley General de Bancos señala que luego de dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia a favor de terceros no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, debe ser informada mediante una publicación en el Diario Oficial y a la CMF, lo cual se hizo efectivo este miércoles.


La Comisión para el Mercado Financiero /CMF) informó que este miércoles publicó el listado de “Acreencias Bancarias Afectas a Caducidad”, que puede ser consultada a través del sitio web https://acreencias.cmfchile.cl.

Las acreencias corresponden a aquellos recursos a favor de terceros, depositados en bancos o cooperativas, que no han sido cobrados o no registran movimientos en un período de dos años.

La Ley General de Bancos señala que luego de dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia a favor de terceros no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, debe ser informada mediante una publicación en el Diario Oficial y a la CMF.

Según la información recopilada por la CMF, en 2024 se contabilizan 211.604 acreencias en 18 instituciones supervisadas, que suman $104.908.830.721.

Adicionalmente a ese monto, existen acreencias en moneda extranjera por US$10.798.220 y 690.333 euros.

Si las acreencias no son cobradas luego de tres años desde que se confecciona y se publica el listado anual de acreencias sujetas a caducidad, la institución financiera deberá ingresar al fisco esos recursos.

Así, a contar de esta publicación las personas que mantengan acreencias tienen un plazo de tres años para cobrarlas.

Listado de acreedores y cobro

Para revisar si se tiene alguna acreencia bancaria, las personas deben ingresar al sitio web de la CMF, donde encontrarán un buscador en el que ingresando su nombre podrán revisar su situación.

En caso de que el buscador arroje la existencia de una acreencia en alguna entidad bancaria, las personas deben acudir directamente a la institución señalada, con su cédula de identidad, para recuperar el monto indicado.

Tanto la gestión de búsqueda de información en el sitio web como la gestión de cobro en cada banco es gratuita y se realiza en forma personal.

Respecto de acreencias que correspondan a personas fallecidas, se deberá acreditar haber obtenido la posesión efectiva por parte de quien solicita el cobro, con lo que se reconoce la calidad de heredero.

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