Este lunes, la Corte de Apelaciones de San Miguel sentenció a tres exagentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del vendedor de productos lácteos Rodolfo Marcial Núñez Benavides, ilícito que fue perpetrado a partir del 18 de mayo de 1976.

La condena fue dictada por la ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos del referido tribunal, Marianela Cifuentes, quien resolvió imponer una pena de diez años de cárcel a los acusados Pedro Espinoza Bravo, teniente coronel de Ejército a la época de los hechos; Juan Morales Salgado, mayor del Ejército, y Juvenal Piña Garrido, cabo primero de la misma institución, como autores del delito.

El fallo establece penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de las costas del proceso.

En el aspecto civil, la sentencia acogió la demanda interpuesta y condenó al Fisco pagar una indemnización total de 160 millones de pesos por concepto de daño moral a los familiares de la víctima.

Hechos

En la resolución, la ministra Cifuentes dio por establecidos los hechos ocurridos hace 47 años, cuando la DINA estaba a cargo del coronel Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda –actualmente fallecido–, y secundado por el director de Operaciones de dicho organismo, teniente coronel Pedro Espinoza Bravo, quien tenía bajo su mando a todas las brigadas regionales, desde Arica a Punta Arenas, entre ellas, a la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM).

Que de dicha brigada dependía la Brigada Lautaro, a cargo del mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, unidad que ocupaba el cuartel ‘Simón Bolívar’, en la comuna de La Reina. Asimismo, operaba un grupo de élite denominado ‘Delfín’, a cargo del capitán de Ejército Germán Barriga Muñoz y el teniente de Carabineros Ricardo Lawrence Mires –ambos fallecidos–, que “fue creado con el propósito de perseguir y exterminar a la dirigencia del Partido Comunista (PC) que trabajó en el centro de detención clandestino denominado ‘Villa Grimaldi’ y, luego, en el cuartel ‘Simón Bolívar’”, reza el fallo.

En ese contexto, el 18 de mayo de 1976, alrededor de las 15:00 horas, en avenida Departamental al llegar a avenida Ochagavía, agentes de la DINA detuvieron sin derecho a la víctima, quien era militante del PC y viajaba junto a su hijo Rodolfo Francisco Núñez Moya en un vehículo, y momentos más tarde allanaron su domicilio en la comuna de La Cisterna.

En este sentido, los captores mantuvieron encerrado a Núñez Benavides en el centro de detención clandestino ‘Villa Grimaldi’, ubicado en Peñalolén, siendo posteriormente trasladado al centro de detención clandestino ‘Simón Bolívar’, el que estaba a cargo del mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, en el que operaba la agrupación ‘Delfín’.

Esta sería la última noticia que se tiene de la persona secuestrada, el cual “fue trasladado por el cabo 1° del Ejército Juvenal Alfonso Piña Garrido, agente del referido grupo ‘Delfín’, a una dependencia del mencionado centro de detención que se ocupaba para torturar a los detenidos, desconociéndose desde entonces su paradero”, concluye la sentencia.