En fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia contra Mega, Chilevisión, TVN y Canal 13, señales de televisión abierta que fueron multadas con 20 UTM (Unidades tributarias mensuales) por discriminar a la población de personas sordas en la cobertura noticiosa de dieron a los incendios forestales, registrados en enero y febrero del año pasado.

Según reza el fallo confirmado, "a juicio de esta sentenciadora, las denunciadas han discriminado por motivos de discapacidad, y por lo tanto han actuado de manera arbitraria e ilegal, perturbando o privando a las personas sordas de acceder a su programación de bloques noticiosos a raíz de los incendios forestales que afectaron a gran parte del país durante los meses de enero y febrero de 2017".

De acuerdo al escrito, "toda vez que al omitir la incorporación del lenguaje de señas (sic) en dichas transmisiones, y solo implementando subtitulado oculto, no permitieron que las personas con discapacidad auditiva accedieran a la información proporcionada en dichos bloques".

Puedes revisar el fallo de primera instancia (confirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago) haciendo click aquí.