El TAS entregó el fallo en el que fundamenta la decisión de mantener el castigo a Bolivia impuesto por la FIFA. Básicamente, apunta a que el organismo tenía hasta dos años de plazo para iniciar un procedimiento disciplinario. Los bolivianos argimentaban que había sido fuera de tiempo.

Según lo publicado por el sitio oficial del TAS "el caso se sometió a la Formación Arbitral del TAS compuesta por: Prof. Massimo Coccia, Presidente (Italia), D. Efraim Barak (Israel) y D. José Juan Pintó (España). La audiencia se celebró el 5 de julio de 2017 en Lausana, Suiza. Ni en los escritos presentados por las partes ni en la audiencia se objetó el hecho de que Nelson Cabrera no cumpliera con los requisitos de elegibilidad para jugar por la selección nacional de Bolivia. En cambio, la FBB cuestionó el derecho de la FIFA a iniciar una investigación respecto a la inelegibilidad del jugador y alegó ciertas inconsistencias entre el Código Disciplinario de la FIFA (CDF) y el Reglamento FIFA para la Copa del Mundo 2018, siendo este último el que establecía que una protesta oficial debía interponerse dentro de la hora posterior al partido en cuestión".

Y agrega que "la Formación Arbitral rechazó estos argumentos estableciendo que la FIFA tenía el derecho de iniciar de oficio un procedimiento disciplinario contra Bolivia conforme al CDF dentro del plazo de dos años (Artículos 42 y 108 del CDF). En consecuencia, la Formación Arbitral rechazó las apelaciones y confirmó las decisiones apeladas".

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