Tribunal descarta asociación ilícita en red de corrupción en el Poder Judicial

Fiscalía Centro Norte acreditó los delitos de cohecho y falsificación con respecto a los funcionarios que favorecían a delincuentes.




El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal dio a conocer su veredicto sobre los involucrados en el caso de red de corrupción del Poder Judicial, específicamente cinco imputados considerados como los líderes de este grupo.

De esa manera, se declaró culpables de diversos delitos de cohecho y falsificación a los integrantes de la red de corrupción judicial acusada por la Fiscalía Centro Norte de favorecer delincuentes, mediante la adulteración de resoluciones, modificación ilegal de información de sistemas informáticos y fabricación de contraórdenes de detención o arraigo falsas, entre otros ilícitos.

La resolución del tribunal afecta a los imputados Margarita Cuadros, Uberlinda Elizondo, Manuel Donoso y Mario Acuña, cuya pena será dada a conocer el próximo 8 de junio.

El pasado 2 de mayo, se inició el juicio oral para con los alegatos de la Fiscalía Centro Norte, de los abogados querellantes del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y de la defensa de los acusados.

Desde enero del año 2007 hasta octubre del año 2008 y bajo la administración e instrucciones de Cuadros -ex funcionaria de la Policía de Investigaciones y ex funcionaria judicial- funcionarios y ex funcionarios públicos de distintas instituciones, como Policía de Investigaciones, Carabineros, Servicio Médico Legal, Poder Judicial y particulares, realizaron una serie de actos ilícitos, como ofrecer y otorgar una serie de servicios ilegales tendientes a favorecer a distintos imputados, procesados y/o sentenciados en causas criminales, tanto del antiguo como del nuevo sistema procesal penal, recibiendo a cambio de sus acciones un precio u otro beneficio avaluable y no avaluable en dinero.

Durante el juicio, el fiscal Víctor Vidal logró acreditar la existencia de todos los delitos de falsificación, cohecho, cambios de expedientes, sabotaje informático, cambios de alcoholemia, entre otros.

Sin embargo, el tribunal absolvió a los imputados del delito de asociación ilícita, por estimar que no existían antecedentes para probar su existencia.

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