La interventora de Factop cuestiona los millonarios cobros de Leonarda Villalobos, su esposo y la familia Topelberg

La revelación de Leonarda a la Fiscalía sobre el destinatario de grabación a Hermosilla
La revelación de Leonarda a la Fiscalía sobre el destinatario de grabación a Hermosilla

La veedora del factoring en reorganización judicial objetó 46 créditos que acreedores solicitaron verificar deudas. Los montos cuestionados suman $9.290 millones y entre ellos están los cobros que plantearon la abogada Leonarda Villalobos y la madre y hermana de Rodrigo Topelberg, socio minoritario de los Sauer en Factop. En paralelo, el exCEO de Patio, Álvaro Jalaff exige a través de una sociedad de inversiones el pago de $1.400 millones.


La veedora de la reorganización de Factop, Daniela Camus, cuestionó una serie de créditos en el marco de la reorganización del factoring controlado por los hermanos Ariel y Daniel Sauer y Rodrigo Topelberg. El pasado jueves objetó 46 créditos que suman $9.290 millones ante el 7° Juzgado Civil de Santiago. Mientras, en paralelo, el empresario Álvaro Jalaff, a través de la sociedad de inversiones Lago Rango SpA, vuelve a la carga y pidió verificar un crédito por $1.400 millones.

El periodo de objeciones es un proceso reglado por la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento y en el que por primera vez la abogada a cargo de liderar la reorganización se manifiesta públicamente sobre los cobros planteados a la compañía, que sigue en la palestra. Esto luego de que el 14 de noviembre se divulgara el audio de una conversación privada entre Daniel Sauer y sus abogados, Luis Hermosilla y Leonarda Villalobos, en el que planeaban el pago de sobornos a funcionarios de la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos.

Entre los pasivos objetados están los exigidos por la abogada Leonarda Villalobos ($410 millones) y su esposo Luis Ángulo ($600 millones). Ambos, para justificar el cobro, acompañaron contratos notariales de reconocimiento de deuda firmados por Daniel Sauer.

Para la interventora, Daniela Camus, esas transacciones presentadas son “genéricas tanto respecto al supuesto litigio que buscan precaver, como al origen de la deuda”. También dijo que en los contratos “no se señala cuáles son las obligaciones recíprocas a las que se obliga la verificante al firmar el contrato de transacción, elemento, que, por cierto, es de la esencia de esta clase de actos jurídicos”.

“De la revisión de los títulos acompañados a la presentación se advierte que los actos celebrados por la verificante y la empresa deudora constituyen operaciones que carecen de causa y de objeto, pues ambas transacciones y reconocimientos de deuda están redactadas en forma genérica, razón por la que no permiten establecer fehacientemente el origen de la deuda que se le reconoce a la Sra. Villalobos ni tampoco cuáles han sido las concesiones realizadas por la acreedora, de modo que, existiendo tales incongruencias, e inconsistencias”, concluyó.

Al igual que su esposa, Luis Ángulo también presentó un contrato en el que Sauer reconocía la deuda: “Por este acto y con la finalidad de evitar y precaver un litigio eventual y futuro entre las partes, debidamente facultados, las partes celebran el siguiente contrato de transacción”, consignó el documento citado por Camus.

No obstante, para la veedora dicha cláusula no permite conocer el eventual litigio que se busca precaver. Posteriormente, la veedora escribió: “Las partes se limitan a imponer a la empresa deudora una obligación, la modalidad de pago de la misma, y una cláusula penal en caso de incumplimiento, pero jamás se establece ni se describe, cuál es la concesión recíproca que otorga el Sr. Angulo por el reconocimiento, como tampoco se deja establecido cuáles son los préstamos realizados por el acreedor que verifica, no informándose que este haya renunciado al cobro de ningún crédito, ya que, ni siquiera tenemos certeza cuál es el objeto sobre el que recae este contrato”.

Narek y Toklein

Pero el mayor crédito cuestionado en la reorganización de Factop es el realizado a la sucesión de Salvador Speisky, padre de la abogada Yael Speisky, y que asciende a $957 millones. La abogada está casada con Rodrigo Topelberg Kleinkopf y entregó la totalidad de la herencia de su padre a la administración del factoring. Además, ha trascendido que Leonarda Villalobos entregó a ella la grabación de la reunión del 22 de junio. Sobre la acreencias que reclama Yael Speisky, la veedora sostuvo que “los documentos acompañados como títulos justificativos del crédito consisten simplemente en instrumentos privados no reconocidos por el deudor y cuyas firmas tampoco han sido autorizadas por un ministro de fe”.

Por otro lado, Camus también objetó la verificación de créditos que realizaron las sociedades de inversión de Rodrigo Topelberg Kleinkopf: Narek Limitada ($573 millones) y Toklein ($563 millones). Ambos créditos fueron objetados por las mismas razones del caso anterior: la autenticidad de los documentos exhibidos.

La misma suerte corrieron los créditos por la madre de Topelberg, Aída Kleinkopf y su hermana Nicole, las cuales exigen a Factop el pago de $339 millones y $322 millones, respectivamente.

Álvaro Jalaff

El 25 de septiembre de 2023, Álvaro Jalaff renunció al cargo de CEO de Grupo Patio SpA.

En el audio de la conversación entre Hermosilla, Villalobos y Sauer se menciona en varias ocasiones la palabra “Patio”. A raíz del caso, el operador de centros comerciales debió salir a aclarar a mediados de noviembre de que “no ha tenido participación en las operaciones de facturas que se investigan en el caso Factop”. Dijo también que “esas referencias no son alusivas a Grupo Patio SpA sino a sociedades de inversión en las cuales participa la familia Jalaff aguas arriba”.

Por medio de un escrito, el pasado jueves, Lago Ranco SpA. -sociedad del empresario Alvaro Jalaff- solicitó la verificación de un crédito por $1.400 millones. Esto luego que el 1 de marzo de 2023, Factop SpA representada por Ariel y Daniel Sauer suscribiera un pagaré a la orden del Fondo de Inversión Privado Facturas I, y posteriormente el 13 de septiembre el documento fuera endosado a Lago Ranco SpA.

Según la presentación, en el pagaré se estableció que el capital adeudado se pagaría en una sola cuota, y devengaría una tasa de interés igual al 3% anual, calculados sobre el monto adeudado expresado en pesos.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.