"Sí señoría. Acepto los hechos en materia de la acusación fiscal". Eso dijo Novoa al aceptar la acusación del Ministerio Público y acogerse al procedimiento abreviado, con lo que se evitó ir a juicio oral.

"Buenas tardes, magistrado. Enrique Manuel Jovino Novoa Vásquez". Estas fueron las únicas palabras que se le escucharon pronunciar al ex senador y fundador de la UDI este martes,  en la antesala de la entrega de la sentencia, por parte del 8° Juzgado de Garantía.

En el marco de la indagatoria por el caso Penta, el ex parlamentario se convierte en el primer condenado y sentenciado por el financiamiento irregular de campañas, en el curso de esta arista.

Según informó la autoridad judicial, el ex senador de la UDI deberá cumplir 3 años de pena remitida, junto con el pago de una multa. Se le eximió de las costas del proceso.

1. "Se condena a Enrique Manuel Jovino Novoa Vásquez, ya individualizado y sancionado como autor de delito tributario (...) a sufrir la pena única de tres años de presidio menor en su grado medio, más la suspención legal de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, más la multa del 50% de los impuestos defraudados, y que se determinaron en la suma de $15.318.298 y que le corresponderá la cantidad total de $7.659.149. Asimismo, queda condenado al pago de 5 UTA, correspondientes al valor determinado al periodo sancionado de 2013".

2. Se le concede la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, por el término de 3 años. Novoa deberá presentarse al Centro de reinserción social correspondiente a su domicilio, dentro de los 5 días siguientes a la fecha en que quede firme y ejecutoriada la presente sentencia.

3. Se autoriza a Novoa Vásquez a pagar la multa y demás sanciones pecuniarias en 10 cuotas mensuales iguales, mensuales y sucesivas, los últimos 5 días de cada mes, a contar del mes siguiente a aquél en que quede firme y ejecutoriada la presente sentencia.

4. En su oportunidad, gira ese cheque a favor del Fisco,  por los montos certificados, autos y con cargo a la boleta con depósito judicial número 25920, de fecha 5 de junio pasado.

5. Se exime al condenado del pago de costas, toda vez que aceptó el procedimiento abreviado, con el consiguiente ahorra de recursos al Estado.

6. Devuélvanse bajo acta los documentos a los solicitantes, en apoyo de sus solicitudes".

Estos fueron los puntos que detalló el juez al leer la resolución, coincidiendo con lo que el Ministerio Público había solicitado, en cuanto al presidio menor en su grado medio, multa del 50% del perjuicio fiscal y  5 UTM.