LAS ACREDITACIONES han sido piedra angular del sistema de aseguramiento de la calidad en la educación superior chilena desde la promulgación de la Ley 20.129, en 2006. Aun reconociendo tropiezos en su implementación, hay consenso en que el sistema ha entregado información relevante respecto a la calidad de la educación superior, y en que se debe persistir con ellas, aunque sujetas a un natural perfeccionamiento en su implantación. A esto obedece el esfuerzo realizado por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), al presentar nuevos criterios de acreditación para carreras de pregrado, en consulta pública por 60 días.
Hay quienes postulan que habría una injustificada intromisión del Estado en la educación terciaria al establecer las pautas de evaluación por las cuales se determina qué se entiende por calidad, ya que en su aplicación se ejercería la potestad de aprobar y rechazar carreras y proyectos educativos. Pensamos que esta interpretación de los hechos es errónea.
En la comisión tenemos claro que la calidad de la educación impartida comienza en la sala de clases, en el ejercicio de la función docente, que es donde se debe producir la alianza entre profesores y estudiantes para lograr los aprendizajes deseados. También sabemos que las instituciones deben tener libertad para desarrollar proyectos académicos propios, en función de sus propósitos institucionales. Los nuevos criterios no coartan ninguno de estos aspectos.
Considérese, además, que la acreditación de carreras es voluntaria y su objetivo es apoyar el mejoramiento de los programas. Por eso, los sistemas de acreditación de pregrado existen en todos los países en que hay buena calidad en la educación superior, por ejemplo, en la Unión Europea y en los Estados Unidos de América.
Dichos comentarios ignoran también que la CNA es un organismo autónomo del Estado -no tan distinto al Consejo del Banco Central- constituido por personas representativas de las comunidades de la educación superior, que actúan como un cuerpo colegiado de carácter académico, en respuesta al mandato legal que se ha conferido a la comisión.
Por último, sabemos que la motivación que impone el CAE y otras ayudas estudiantiles atadas a la acreditación es uno de los ejes sobre los que hoy funciona el sistema en el país. Este es un hecho de la causa, ya que estos amarres entre financiamiento y acreditaciones surgen de leyes de la República. Sin embargo, no necesariamente esta situación debe ser vista como negativa. Por una parte, este tipo de requisitos para acceder a beneficios de matrícula existe en muchos lugares. La razón es simple. Hay asimetrías de información entre los estudiantes y las instituciones que solamente una evaluación externa pueden disminuir. ¿De qué otra manera se podría certificar la calidad de la educación impartida de modo que el estudiante no pierda tiempo, esfuerzo y dinero? En todo caso, la comisión aspira a que las acreditaciones sean vistas por las instituciones de educación superior en su verdadera dimensión, como un mecanismo de aseguramiento de la calidad y no meramente como un requisito para obtener financiamiento estatal.
Sumando y restando, es un hecho que las acreditaciones, con sus virtudes y defectos, informan a los estudiantes y sus familias sobre la calidad de los proyectos educativos. Y ello es una razón poderosa por la cual hay que mantenerlas y perfeccionarlas.