"Se acogen las reclamaciones presentadas por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Philip Morris, respectivamente, en cuanto se condena a la Compañía Chilena de Tabacos (Chiletabacos) como autora de la conducta atentatoria a la libre competencia". Este fue el fallo que emitió ayer la Corte Suprema y que puso fin a un conflicto que partió hace tres años. En 2009, la FNE junto a Philip Morris presentaron un requerimiento contra Chiletabacos por abuso de posición dominante al incluir cláusulas en los contratos de sus clientes que limitaba la exhibición de los productos de sus competidores.
La corte determinó multar a Chiletabacos con 20.000 Unidades Tributarias Mensuales, a beneficio fiscal (cerca de US$ 1,7 millones). Si bien Phillip Morris pedía una multa 12 veces mayor que la aplicada, en la firma dijeron que este fallo es relevante por dos aspectos: "Primero, porque fijó una multa, algo que en una primera instancia el TDLC no había hecho y porque, además, declara que Chiletabacos es reincidente en su conducta anticompetitiva".
Agregan que "lo que falló la Suprema es una sentencia para toda la industria, porque favorece a todos los cigarrillos, no sólo a Philip Morris. Se va a poder extender esta medida de mitigación a todos los otros cigarrillos", agregó la fuente.
La resolución sentencia que Chiletabacos debe asegurar la visibilidad y la exhibición de las otras marcas, ya sea en sus cigarreras o ceder un espacio dentro del local, según el metraje del recinto para todo el comercio, tanto minorista (low trade) como mayorista (high trade); como también un espacio a la publicidad.
La nueva ley restringió la publicidad sólo al interior de los locales comerciales y a una dimensión no superior a dos metros cuadrados, de los cuales el 50% debía estar dedicado a la advertencia del daño que el producto produce en la salud.
En el fallo del TDLC, éste había hecho obligatorio que Chiletabacos cediera un espacio en el comercio mayorista, es decir, pubs, restaurantes, discotecas, tabaquerías, minimarkets, supermercados y estaciones de servicio, entre otros.
Por su parte, Jaime Barahona, fiscal nacional económico subrogante, explicó: "Estamos muy satisfechos con el fallo, porque acogió lo más sustantivo del requerimiento presentado en 2009 y fijó una multa". Agregó que "el espacio delimitado por Chiletabacos no estaba bien delimitado y eso implicaba que atentaba contra los derechos de toda la industria". Barahona explicó que recurrieron a la Suprema porque el TDLC no había fijado una multa en contra de Chiletabacos. "El tribunal acogió el requerimiento no impuso una multa".
Anoche, vía hecho esencial a la SVS, la firma multada precisó que "dará estrictor cumplimiento" a lo resuelto por la Suprema.