Señor  director:

La Constitución Política de 1980 fijó la duración del mandato presidencial en ocho años sin posibilidad de ser reelegido para el período siguiente.

Al término del gobierno militar se modificó el lapso de esta disposición a cuatro años (1990-1994), considerando ese tiempo como una etapa de transición, para posteriormente volver a seis años (1994-2006), como era tradicional.

Por la Ley N° 20050 del 26 de agosto de 2005, nuevamente fue modificada la Constitución, fijando en cuatro años sin reelección la duración del ejercicio de las funciones del Jefe de Estado.

Ahora, un grupo de diputados de los partidos de la Concertación de nuevo reabre el debate, sugiriendo un cambio constitucional para aumentar a cinco años el período presidencial y, a su vez, incrementar de cuatro a cinco años la duración del desempeño de los diputados.

Como Renovación Nacional y la Democracia Cristiana están revisando una posible reforma política, podría ser conveniente estudiar la posibilidad de tener una sola cámara. Seguramente, el trámite de los proyectos de ley sería más rápido, y con 150 parlamentarios que duraran en sus cargos el mismo tiempo que el Presidente de la República se solucionaría el tema.

En ese caso, pareciera que lo más razonable es considerar definitivamente seis años sin reelección, siendo éste un período de gobierno que históricamente se ha demostrado como muy adecuado y coincidiría en las elecciones con el Congreso.

Un país serio con una democracia sólida y consolidada como la nuestra no debiera estar cambiando periódicamente una materia tan importante como es la duración del mandato presidencial.

Pedro Romero Julio