La inquietud ronda en el mercado laboral. Un fallo de la Corte Suprema del pasado 1 de abril determinó que una persona que trabajó a honorarios durante cuatro años para la Municipalidad de Santiago y fue despedida, tuvo una relación laboral con esa alcaldía y, por tanto, ésta debía pagar todo lo que se le adeudaba como si hubiera estado contratada.
Por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; indemnización por años de servicios; recargo y compensación de feriado legal se estipuló el pago de más de $ 14 millones, más reajustes e interés, además, de las cotizaciones previsionales. Como también se acogió la nulidad del despido se sumaron las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo entre la fecha de la desvinculación y la de convalidación.
Así, la Suprema, a diferencia de lo que había ocurrido hasta ahora, reconoció una relación laboral entre este trabajador y el Municipio, al alero del Código del Trabajo. Y además, lo hizo a través de una sentencia de unificación de jurisprudencia, algo que puso en alerta a los expertos del mundo jurídico y del económico por las consecuencias que puede acarrear.
"Este es un fallo muy importante para los trabajadores a honorarios, que son los informales del sector público, porque no se les reconocen las leyes sociales, no tienen carrera funcionaria ni pueden sindicalizarse", dice Raúl de la Puente, presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (Anef).
El dirigente asegura que por primera vez la Suprema reconoce el vínculo laboral, pues hasta ahora los tribunales no daban lugar a las demandas de este tipo, ya que los funcionarios públicos no se rigen por el Código del Trabajo y, por tanto, eran derivados a la Contraloría.
"Este fallo es muy importante porque tenemos más de 36 mil trabajadores a honorarios y en el caso de los municipales el número es indeterminado, pues no hay estadísticas. Yo los calculo en más de 100 mil", señala y agrega que el veredicto "alienta a quienes sean desvinculados o tengan problemas con el Fisco, a seguir el camino de la justicia".
De acuerdo con estadísticas de la Dirección de Presupuestos (Dipres), al 31 de diciembre de 2013, 35.853 trabajadores del sector público estaban bajo la calidad de honorarios (ver infografía).
De la Puente detalla que este año 1.400 trabajadores a honorarios pasaron a planta, tal como se acordó en 2013, y en los próximos tres años debieran pasar 8.800 más a la administración central.
La sentencia del máximo tribunal fue analizada el jueves pasado en el Instituto Libertad y Desarrollo (LyD).
El investigador del Programa Legislativo de LyD, Sergio Morales, advierte que si bien se trata de un fallo para un caso en particular, el hecho de que sea a través de una sentencia de unificación de jurisprudencia le da un ribete distinto.
Esta figura es relativamente nueva y se abrió con la última reforma laboral. Si hay fallos contradictorios en la justicia se puede recurrir a la Suprema y esta zanja la diferencia, dice Morales.
Aunque no sienta jurisprudencia, su fallo sí puede ser considerado a futuro por otras cortes y sobre todo en la misma sala donde se dictó, en este caso la Cuarta, la misma que en diciembre dictaminó que las compañías no pueden reemplazar a sus trabajadores en huelga con personal interno.
Para Morales el sistema podría ponerse a prueba en el próximo cambio de gobierno. Cuando asumió Sebastián Piñera hubo cerca de 11 mil desvinculaciones y otras tantas se dieron con el segundo mandato de Michelle Bachelet.
Morales advierte que "se corre el riesgo de que si hay despidos los trabajadores a honorarios acudan a tribunales y se les reconozca que se rigen por el Código del Trabajo porque cumplen horario y desempeñan las mismas labores que los funcionarios de planta".
En este sentido, precisa, "no se entiende, por ejemplo, que de tres secretarias que están en una repartición dos sean de planta y una a honorarios y todas cumplen la misma función, esto sólo demuestra que el Estado es un mal empleador".
A juicio del abogado laboralista Huberto Berg, de Berg Consultores, la sentencia "abre todo un espacio para los trabajadores del sector público". De acuerdo con el experto, la figura de los trabajadores a honorarios fue una herramienta que se utilizó en un determinado momento, pero que se hizo insostenible en el tiempo.
Cecilia Cifuentes, economista de LyD, advierte que el impacto fiscal de las repercursiones del fallo puede ser gigantesco. Y aunque aún no lo han cuantificado, señala que a todo el ítem indemnizaciones hay que sumar las previsionales, por lo que es un tema que debe analizarse en profundidad, ya que el "impacto fiscal sería significativo".
De la Puente señala que una salida es reconocer a los trabajadores que hoy están a honorarios como de planta.
Berg tiene una visión distinta. Argumenta que "esto no puede llevar a una incorporación total de todos los trabajadores a honorarios. Hay que hacer una revisión, ser más eficientes y optimizar al Estado para que trabaje con la mejor gente posible. Lo veo como una oportunidad de hacer mejor las cosas".
Para Morales la clave está en perder el miedo y hacer una revisión completa al Estatuto administrativo, que es muy antiguo. De paso, mejorar el Sistema de Alta Dirección Pública.
El abogado de LyD va incluso más allá, y plantea que el Código del Trabajo rija a los trabajadores del sector privado y del público, con algunas excepciones para los casos que así lo requieran.
De esta forma, el fallo de la Cuarta Sala de la Corte Suprema dictado por los ministros Ricardo Blanco, Gloria Ana Chevesich y Andrea Muñoz, pone en vilo las contrataciones a honorarios en el sector público y abrió el debate entre los actores para la búsqueda de una solución.