Tanto la fiscalía como la defensa rechazaron ayer el llamado del tribunal a recalificar el delito imputado a Johnny Herrera de conducción bajo los efectos del alcohol con resultado de muerte a cuasi delito de homicidio de Macarena Cassasus. El futbolista atropelló a la joven el 20 de diciembre de 2010 en el cruce de avenida Ossa con Echeñique.
La petición del tribunal surgió tras el cuestionamiento por parte de la defensa del arquero de la Universidad de Chile a los resultados de la proyección del examen de la alcoholemia realizado el día del accidente en el Servicio Médico Legal (SML). En el análisis hecho por el servicio se indicó que marcaba 0,0 gramos de alcohol en la sangre, sin embargo, se hizo una proyección al momento del impacto, de que Johnny Herrera marcaba 0,56 gramos de alcohol.
"Se les va a solicitar a los intervinientes que en las réplicas se hagan cargo de una eventual recalificación (...) principalmente en los cuestionamientos planteados por la defensa, del informe de la alcoholemia y su proyección", dijo ayer, tras los alegatos de clausura de ambas partes, la magistrada Blanca Rojas, en el Tercer Tribunal Oral.
El fiscal de la Zona Oriente, Francisco Lanas, desestimó la propuesta de la jueza, insistiendo en que "Herrera es culpable de los hechos por los cuales se le acusó, eso es, una conducción bajo la influencia del alcohol con resultado de muerte".
En la misma línea, el abogado querellante, Rodrigo de la Barra, manifestó que "el consumo de alcohol viene de la propia declaración del acusado y está reforzada por la prueba pericial (...) creemos, su señoría, que la proyección (de la alcoholemia) es válida".
Defensa
Por su parte, el defensor Eduardo Correa dijo que "haciéndose cargo de la invitación que nos ha hecho el tribunal, creemos que en el caso en particular, tampoco es posible condenar al señor Herrera, porque no se dan los requisitos establecidos".
De esta forma, Correa argumentó que Cassasus fue la responsable del accidente, al cruzar con luz roja en un lugar no permitido y bajo la influencia del alcohol, y no por la conducta del arquero. "Si el señor Herrera hubiese conducido a una velocidad permitida legalmente y sobrio, como lo señala esta defensa, el resultado típico igual se hubiese producido, por lo tanto, el elemento determinante acá es la conducta de la víctima", explicó el defensor.
Al término de la audiencia y frente al cuestionamiento de un eventual revés del caso, el fiscal Lanas dijo que "el eventual revés va a ser con una sentencia condenatoria o absolutoria. Nosotros quedamos conformes con una sentencia condenatoria, pero en ningún caso es un revés (la petición de recalificación)". Hoy a las 11.00, se le dará la posibilidad a Herrera de que declare por última vez, tras lo cual se dictará el veredicto.