En la sentencia de 872 páginas, la jueza Doris Ocampo explicó las razones por las que decidió absolver a María del Pilar Pérez de los tres crímenes de Providencia, fallo que será utilizado por sus defensores para intentar anular el juicio que la condena a pasar el resto de su vida en la cárcel.

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Confesión de Ruz

En su voto de minoría, la magistrada cuestionó que la confesión de José Ruz se utilizara para incriminar a la arquitecta. Junto con ello, dijo que debe respetarse que "ambos incriminados se acogieran a su derecho a guardar silencio (...) lo que aparece como legítimo e incuestionable".

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Testimonios

Ocampo aseguró que las declaraciones de la familia "de la acusada María del Pilar Pérez, constituyendo tal un bloque numeroso que en lo global, en el concepto de esta magistrado de parecer minoritario, no aporta en lo fáctico" para condenarla a doble cadena perpetua.

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Tráfico telefónico

Según Ocampo, el hecho de que la pareja trabajaba en el rubro de la reparación de cafés con piernas habría incidido en que se conocieran, por lo que "si el acusador atribuye otra connotación a las comunicaciones de que da cuenta debe ser probado y al respecto no hay evidencia".

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Personalidad de Pérez

Otro de los argumentos que esbozó fue el hecho de que la Fiscalía "estimara que el trastorno de personalidad de (Pilar Pérez) que dan cuenta justificaría su intervención en los crímenes en estudio supera toda razonabilidad y se erige como un prejuicio".

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Pruebas cuestionadas

La jueza Ocampo cuestionó que pruebas recabadas "en una medida no menor, por funcionarios de la misma Fiscalía, quienes (...) no están facultados para realizar diligencias".