El proyecto de ley sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, más conocido como Ley Unica de Fondos, "es una prioridad para el gobierno", relata la coordinadora de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, Rosario Celedón.
"Se trata de un proyecto de ley que está en una etapa de maduración y tramitación legislativa, lo que nos hace pensar que debería salir el primer semestre de este año de la Cámara de Diputados, y así lograr tenerlo aprobado a fin de año".
¿Cuáles serán los cambios más relevantes?
Creemos que esta iniciativa otorgará a la industria mayores grados de flexibilidad para poder ofrecer un mejor servicio y una mayor gama de productos, compatibilizando esto con una debida protección de los inversionistas y el resguardo de los principios de equidad, transparencia y competencia.
Como contrapartida de esta mayor flexibilidad, que esperamos contribuya al desarrollo de esta industria, el proyecto de ley otorga mayores facultades de regulación y fiscalización a la Superintendencia de Valores y Seguros, destacando la facultad que se le otorga para fijar requisitos de acreditación al ejercicio de funciones de gestión y comercialización de cuotas de fondos.
Hoy parece ser que los fondos de inversión dependen de la demanda de las AFP. ¿Esta ley diversificará los aportantes?
Creemos que esta iniciativa permitirá atraer nuevos perfiles de aportantes en dos dimensiones.
Primero, se establecen incentivos muy claros y precisos para hacer atractiva esta industria a los inversionistas extranjeros, que hoy tienen escasa participación en este tipo de instrumentos. Se incorporan beneficios tributarios similares a los que existen en otras jurisdicciones dirigidos a inversionistas extranjeros (como la eliminación del IVA a las remuneraciones de la administradora), lo que permite hacer a nuestra industria de fondos más competitiva a nivel internacional. Asimismo, se reducen costos de transacción al eliminar la obligación de crear administradoras y fondos especialmente dirigidos a extranjeros (como era el régimen de Fice y Ficer), pudiendo éstos invertir directamente en cualquier fondo junto con inversionistas locales, lo cual también contribuye a darles mayor liquidez.
Segundo, el proyecto de ley introduce ciertas flexibilidades en el marco regulatorio que permitirán a las administradoras ofrecer un mejor servicio y desarrollar una gama más amplia de productos, al incorporarse la modalidad de fondos rescatables que combinan la liquidez de los actuales fondos mutuos y las posibilidades de inversión más amplias que tienen los fondos existentes, proveyendo nuevos instrumentos que puedan ser atractivos para personas o entidades con perfiles y horizontes de inversión distintos.
¿Habrá ventajas tributarias atractivas para atraer inversionistas extranjeros?
En un fondo 100% chileno, un inversionista extranjero pagará 10% de impuesto y no pagará IVA, que es la remuneración de la administradora. Es una diferencia significativa. Ahora, cuando 20% del fondo es chileno y el 80% es foráneo, no hay que pagar impuestos.
¿En qué medida esta ley perfecciona la regulación de administración de fondos existente?
Este proyecto de ley propone la creación de un nuevo marco legal, simplificado y simétrico, aplicable a la administración de fondos en Chile, considerando el fuerte desarrollo que esta industria ha experimentado en los últimos años, US$ 42.000 millones de activos bajo administración a diciembre de 2011, y que actualmente coexisten diversas leyes que regulan los distintos tipos de fondos existentes -fondos mutuos, fondos de inversión, Fice, Ficer-, pese a que se trata de vehículos de inversión de características esencialmente equivalentes.
El proyecto busca consolidar y actualizar el marco regulatorio de la industria de administración de fondos de terceros de nuestro país, reconociendo las particularidades de cada producto en función de consideraciones como la rescatabilidad de la cuota y el tipo de inversionistas.