Señor director:

Tal vez los tecnicismos de la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública expliquen los errores cometidos en la nota titulada "Gendarmería, Carabineros y Minsal lideran ranking de reclamos por Ley de Transparencia", que La Tercera publicó en  portada el domingo.
No corresponde hablar de "reclamos" o "quejas" por la negativa de éstos o cualquier otro organismo público a entregar información, sino del derecho de toda persona de recurrir a "amparo" ante el Consejo para la Transparencia y posteriormente a los tribunales ordinarios, según corresponda.
La misma ley y la Constitución facultan para no entregar la información en aquellos casos en que se acredite una de las causales de secreto o reserva.
Si bien la nota indica cifras correspondientes a las decisiones de amparos interpuestos entre noviembre de 2010 y octubre de 2011, de los registros publicados en el sitio web del Consejo para la Transparencia es posible desprender que, por ejemplo, en el caso de Carabineros sólo se han publicado 36 decisiones correspondientes a ese período, de las cuales únicamente 12 fueron acogidas, un número acotado teniendo en consideración las más de tres mil solicitudes que la institución recibe en ese mismo período.
Dentro del mismo lapso se publican sólo 23 decisiones de amparo interpuestas en contra del Minsal, de las cuales también sólo 12 fueron acogidas de un total de casi 400. El mismo número de amparos acogidos registra Gendarmería, que sólo recibe un total de 29.
El análisis debería considerar los volúmenes de peticiones y examinar detalladamente las decisiones que emanan del Consejo para la Transparencia, para así no distorsionar la información sobre los niveles de cumplimiento. Estos constituyen un compromiso del gobierno y a la fecha son altísimos.

Alberto Precht
Comisión de Probidad y Transparencia, Min. Secretaría General de la Presidencia