El Subsidio DS49 es uno de los programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), dirigido a ayudar a familias que no son dueñas de una vivienda y se encuentran en situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional.

Este beneficio del Estado permite la compra de una vivienda construida de hasta 950 UF sin deuda hipotecaria o integrarse a una de las iniciativas de proyectos habitacionales del Serviu de su región.

¿Cuáles son las fechas para postular al Subsidio DS49?

Las fechas de postulaciones del subsidio para comprar una casa o departamento sin crédito hipotecario o inscribirse en un proyecto de construcción de viviendas, dependen de la región de residencia del postulante, de acuerdo a su información del Registro Social de Hogares.

  • Desde las 08:00 horas del 14 de noviembre hasta las 18:00 horas del 21 de noviembre de 2022 para las regiones de Arica y Parinacota; Tarapacá; Antofagasta; Atacama; Coquimbo; L. Gral. B. O’Higgins; Maule; Ñuble; La Araucanía; Los Ríos; Los Lagos; Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo, y Magallanes y de la Antártica Chilena.
  • Desde las 08:00 horas del 17 de noviembre hasta las 18:00 horas del 24 de noviembre de 2022 para las regiones de Valparaíso, Biobío y Metropolitana de Santiago.
Minvu

También puedes revisar el llamado para postulaciones colectivas en nuevos terrenos en regiones y los diferenciados para Biobío y La Araucanía.

¿Cuánto dinero entrega el subsidio?

El aporte entrega un subsidio base de 314 UF, aunque el monto puede aumentar según la ubicación geográfica de la vivienda, además del uso de subsidios complementarios, dependiendo del grupo familiar que postula y la vivienda que espera adquirir.

Según información entregada por ChileAtiende, los montos son los siguientes.

  • Diferenciado a la localización (zonas urbanas): 200 UF.
  • De factibilización (zonas rurales): 120 UF.
  • Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.
  • Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF.
  • Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.
  • Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF.
Revisa los requisitos y cómo postular al Subsidio DS49. Foto referencial.

¿Cuáles son los requisitos para postular al Subsidio DS49?

Desde el Minvu se detalla que para acceder a este subsidio se requiere lo siguiente:

  • Tener 18 años.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares, acreditar un grupo familiar y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable.
  • Tener un ahorro mínimo de 10 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda, disponible a más tardar a las 14:00 horas del 28 de octubre de 2022.
  • Ser titular de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser cónyuge o conviviente civil).
  • No poseer una vivienda ni ser beneficiario de otro subsidio habitacional.

Existen algunas excepciones para postular sin un grupo familiar, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Tener discapacidad acreditada por la Compin.
  • Tener 60 años o más.
  • Tener calidad de indígena.
  • Ser viudo.
  • Estar reconocido en el Informe Valech.

¿Cómo postular al Subsidio DS49?

La postulación para el subsidio se puede realizar de manera online, accediendo con Clave Única, o de manera presencial en las Oficinas de Atención Presencial del Serviu.

Para consultas está disponible el contacto de Minvu Aló al 600 901 1111 o desde celulares al 2 2901 1111.

Beneficios para personas con discapacidad

El Subsidio DS49 cuenta con una atención especial para grupos familiares que tengan algún integrante en el Registro Nacional de la Discapacidad y se les otorgan las siguientes diferencias:

  • Las personas inscritas en dicho registro pueden postular sin acreditar un grupo familiar, como postulante unipersonal.
  • El grupo tendrá un puntaje adicional al momento de ser evaluado por cada integrante en el registro. Se suma una bonificación del 50% en la puntuación en factores de “núcleo familiar” (si corresponde), “vulnerabilidad habitacional” y “antigüedad de postulación y ahorro”.
  • Recibirán un aporte adicional de hasta 20 UF u 80 UF en caso de movilidad reducida, para financiar obras de la vivienda que contribuyan a superar las limitaciones que afecten a la persona con discapacidad.