Hace unos días el Ejecutivo presentó un nuevo proyecto de ley que pretende reformar el Sistema de Alta Dirección Publica. Este es el cuarto intento desde la creación del sistema. El primero fue presentado el 2008 bajo el primer periodo de Bachelet y no tuvo movimiento alguno en cuanto a su tramitación. El segundo se presento el 2011, después del primer cambio de signo político en la administración que enfrentaba el país desde el retorno a la democracia, lo que evidenció una serie de falencias del diseño original. Dicho proyecto tuvo algo de movimiento, pero finalmente fue rechazado en la sala de la Cámara de Diputados con el voto en contra de quienes eran oposición en aquella época.
<em>Después, en 2013, al término del gobierno Piñera, se presentó un nuevo proyecto, el que tampoco tuvo movimiento alguno.</em>
La nueva iniciativa tiene la virtud de recoger muchas de las propuestas de sus predecesoras. Adicionalmente avanza en algunos temas que se han evidenciado luego de ir y venir de coaliciones gobernantes, y por último recoge también algunas de las recomendaciones hechas por la Comisión Engel. Corresponde destacar la incorporación de nuevos cargos al sistema, las nuevas funciones que se asignan al Servicio Civil para avanzar en la estandarización de la gestión de personas en el Estado, pero por sobre todo, las limitaciones que se consagran para la designación de las personas que asumen el cargo en calidad de provisionales y transitorios mientras se realiza el concurso, y que se ha transformado en la figura que la autoridad utiliza para burlar el sistema.
En efecto, para limitar lo anterior, el proyecto pretende entregar a las autoridades que asumen en el gobierno la posibilidad de efectuar quince nombramientos sin concurso, para que al momento de su instalación pueda contar con el equipo que estime pertinente de acuerdo a los énfasis que tenga el respectivo programa de gobierno. En los demás cargos se mantiene la confianza política como factor relevante para la gobernabilidad. Sin embargo se prohíbe la designación a dedo en caso de quedar vacante un concurso. Es decir, si hay desvinculaciones, los cupos sólo podrán llenarse con subrogantes legales mientras se realiza la búsqueda.
Esta es probablemente la propuesta más relevante del proyecto en cuestión, ya que el término de la figura de los PyT incidirá directamente en la calidad de los concursos. Hoy existen pocos incentivos a postular cuando alguien está ocupando el cargo en dicha calidad. Esto, porque sólo un 30 % de quienes lo ocupan en dicha condición no son ratificados, ya sea porque no concursan, o bien porque no logran pasar el filtro de mérito establecido por el sistema. Entonces, con razón existe la percepción de que el sistema lo que hace es ratificar nombramientos de la autoridad gobernante.
La propuesta busca sincerar que hay cargos donde la confianza política pasa a ser el factor determinante, y que eso es flexible dependiendo de los énfasis que tenga cada gobierno. Pero también avanza a fomentar el mérito por sobre cualquier otro factor, porque en definitiva encarece la posibilidad de pedir desvinculaciones al limitar la posibilidad de designar provisoriamente mientras se realiza el concurso, lo que lleva a todos los candidatos a concursar en igualdad de oportunidades frente a cada cargo.
Por ahora el gobierno no ha hecho más que presentar el proyecto, el que deberá iniciar su trámite en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados. Hasta aquí no se le ha puesto urgencia, lo que plantea dudas sobre el real compromiso que existe por parte de la administración para lograr esta vez una exitosa tramitación.
Esperamos ver a la brevedad un mayor compromiso por parte de la autoridad para dar cumplimiento a una de las reformas que podrían contribuir a una mejor gestión del Estado.