Esta tarde, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de queja presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra del fallo del juez de garantía Daniel Aravena, que significó que el organismo estatal quedara fuera del acuerdo alcanzado para el cierre del denominado caso Penta.

En fallo dividido, los ministros de la Primera Sala del tribunal de alzada -Leopoldo Llanos, Juan Antonio Poblete y la abogada (i) Paola Herrera– descartaron falta o abuso grave del magistrado, ya que la decisión impugnada no pone término al proceso, pudiendo el CDE presentar un recurso de apelación ordinario en la causa.

"Que, uno de los elementos de análisis de la admisibilidad de un recurso de queja, de acuerdo con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, se sostiene en determinar si la falta o abuso que se denuncia, fue cometido en la dictación de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario", sostiene el fallo.

Con la decisión de Aravena de acoger el pedido de la defensa, solo pudieron acusar el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos, instituciones que apoyan el juicio abreviado. Además, se eliminó el delito de cohecho y solo se formalizó por delitos tributarios a Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano.