Tribunal Ambiental realiza inspección a tres proyectos de Statkraft en medio del análisis de reclamaciones de vecinos

Los reclamantes aseguran que la resolución del SEA fue dictada con infracción a derecho, por contener sustantivos vicios de ilegalidad administrativa y ambiental. El SEA, en tanto, pide al tribunal rechazar en todas sus partes las reclamaciones, y afirma que estas no están debidamente fundadas.


El Segundo Tribunal Ambiental realizó una inspección al sector donde se emplazados tres proyectos de Statkraft situados en Litueche, en la Región de O´Higgins. Esto en el marco del análisis de dos reclamaciones interpuestas por vecinos, que apuntan a que los proyectos de optimización de los parques eólicos Cardonal, Los Cerrillos y Manantiales ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

“Las partes reclamantes estimaron que la resolución del SEA que determinó que las tres modificaciones a los proyectos iniciales, con resolución de calificación ambiental favorable no debían ingresar al SEIA era ilegal, razón por la cual decidieron recurrir r al Tribunal. Esta judicatura especializada conociendo de estas causas y tras la vista de la causa de aquellas, estimó necesario concurrir a la zona de emplazamiento de los parques Cardonal, Los Cerrillos y Manantiales para analizar si efectivamente la decisión tomada por el Servicio de Evaluación Ambiental se ajusta a derecho”, dijo en un comunicado la ministra Marcela Godoy.

Las reclamaciones de los vecinos que está analizando dicho tribunal fueron presentadas por el Comité de Adelanto El Espinillo y Sandra Mabel González Castro, vecina del sector, luego que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) rechazó las solicitudes de invalidación de las resoluciones con las cuales este organismo definió que los tres proyectos de optimización antes citados no debían ingresar al SEIA, pues no involucrarían cambios de consideración respecto de los proyectos originales.

Por otro lado, la ministra explicó que “una vez analizados los antecedentes recogidos durante la inspección, los ministros estarán en condiciones de tomar un acuerdo respecto de la resolución de las causas. Con ello se define un ministro redactor y se inicia el proceso de redacción, el que concluye con la dictación de la sentencia. Una vez que se alcanza el acuerdo, el Tribunal tiene un plazo de 30 días para dictar el fallo”.

Los reclamantes aseguran que la resolución del SEA fue dictada con infracción a derecho, por contener sustantivos vicios de ilegalidad administrativa y ambiental. El SEA, en tanto, pide al tribunal rechazar en todas sus partes las reclamaciones, y afirma que estas no están debidamente fundadas.

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