Un reciente dictamen de la Contraloría General de la República ha dejado bien establecido que no cabe a los municipios jugar un rol activo en el proceso de difusión relativo al plebiscito constitucional del próximo 4 de septiembre. Esto en respuesta a un par de requerimientos ingresados por parlamentarios de oposición, en donde se hizo ver que una serie de municipios estarían infringiendo el deber de prescindencia, aprovechando sus distintos canales informativos para promocionar la opción Apruebo.

De manera inequívoca, la Contraloría recuerda que los municipios -así como todos los órganos del Estado- deben cumplir honesta y fielmente las tareas propias de sus funciones, a fin de atenderlas en forma eficiente. A estos efectos, la entidad recuerda que el personal que compone la administración del Estado está impedido de realizar cualquier actividad política dentro de dicho ámbito, haciendo presente un anterior dictamen con motivo del presente plebiscito, en donde se instruye que en virtud del ejercicio de la función pública no se debe promover alguna de las posturas del plebiscito, ni asociar la actividad del organismo respectivo con alguna de ellas. En materias de difusión y publicidad, el rol de las entidades edilicias recuerda Contraloría, está condicionado a que con ello se cumplan tareas propiamente municipales, instruyendo la realización de procedimientos disciplinarios en Maipú, Cerrillos, Cerro Navia y Quinta Normal.

El dictamen, como era de esperar, ha motivado airadas quejas de varios alcaldes, por estimar que se está conculcando el derecho que tiene la ciudadanía a votar informadamente, así como el deber de los municipios a dar cumplimiento a este mandato; de allí que han hecho llamados a la Contraloría para que rectifique este dictamen.

Lo cierto es que las instrucciones impartidas por el ente contralor son acertadas, porque de esa forma se busca asegurar que precisamente los recursos públicos no sean utilizados para favorecer una u otra postura, como de hecho parece estar sucediendo conforme se desprende del propio dictamen. Al exceder sus funciones no solo se desvían los municipios de su quehacer propio, sino que atentan contra el principio de la ecuanimidad.

La Contraloría ha recordado cuales son los organismos del Estado llamados a ejercer el rol de entregar información a la ciudadanía sobre el plebiscito y los contenidos que serán deliberados, no siendo ello rol de los municipios al ser algo ajeno a sus tareas inherentes, siendo evidente que, si se les entregara tal facultad, existe el riesgo de que esta se pueda distorsionar. Actos aparentemente inocuos como contenidos publicados en las cuentas de redes sociales de los municipios, en publicaciones de circulación comunal financiados con fondos municipales, o en “capacitaciones” pueden dar pie al intervencionismo encubierto. Lo pertinente de estas instrucciones llevó a que la Municipalidad de Valparaíso aplazara el “Festival Popular Constituyente”, actividad que difícilmente no se podría calificar de proselitista.

La Contraloría ya había recordado que prescindencia es sinónimo de neutralidad, y de ello el gobierno debería ser especialmente consciente. De allí que cabe lamentar que el Presidente de la República haya insistido en que los municipios sí deberían estar facultados para entregar información sobre el plebiscito, sin sopesar los riesgos de ello y el que se podría estar pasando a llevar la instrucción del ente contralor.