SEÑOR DIRECTOR

A propósito de trampas en el proceso constituyente, agrego otra trampa: el recurso de reclamación ante la Corte Suprema exige que el vicio de procedimiento sea “esencial” y cause un “perjuicio”, lo que lo hace impracticable. Ni para recurrir por conflictos de constitucionalidad al Tribunal Constitucional se exige tanto. ¿Sería ese el efecto deseado por la Comisión Técnica que elaboró la norma?

Francisco Orrego B.