Músicos chilenos valoran promulgación de ley de emisión radial del 20% de música nacional

Hoy la Presidenta Bachelet promulgó la ley que establece que las radios deberán emitir un porcentaje mínimo de música nacional.




Hoy la Presidenta Bachelet promulgó la ley que establece que las radios deberán emitir, como mínimo, un 20% de música nacional en sus emisiones diarias.

En la ceremonia también estuvo presente la ministra de Cultura, Claudia Barattini, quien señaló que "La identidad de una nación escasamente puede ser concebida sin el patrimonio cultural de su música. Esta revela lo profundo de un territorio cuando las palabras y la historia no alcanzan, y es en su transversalidad que nuestras raíces multiculturales encuentran armonía".

Entre los artistas presentes estaban el pianista Roberto Bravo, Quique Neira, Los Jaivas, Quilapayún, Isabel Parra, Tomy Rey, Carlos Cabezas, Álvaro Scaramelli, Claudio Parra, Francisco Reyes, Gloria Simonetti, Ginette Acevedo, Horacio Salinas y Juan Ayala, quienes aplaudieron la firma con la que la Mandataria marcó el inicio de un nuevo reconocimiento para los creadores musicales chilenos.

¿EN QUÉ CONSISTE LA LEY?

Las radioemisoras que operen concesiones de radiodifusión sonora deberán emitir al menos un 20% de música nacional en su programación diaria, medido sobre el total de canciones emitidas, sin que pueda acumularse más de la mitad del total de la emisión de la música en horario nocturno, es decir, entre las 22:00 y las 06:00 horas.

La ley también señala que las emisoras podrán incluir programas de difusión de música, u otras expresiones culturales, de compositores, artistas o creadores indígenas. Del total de música chilena emitida, a lo menos un 25% deberá estar destinado a composiciones o interpretaciones musicales emergentes. Se entenderá por tales, aquellas grabadas en los últimos tres años contados desde la fecha de la emisión radial, o bien, composiciones o interpretaciones de identificación regional o local, de acuerdo al área de concesión.

Cualquier persona, natural o jurídica podrá exigir el cumplimiento de esta ley a través de los tribunales ordinarios de justicia quienes pueden sancionar a las radioemisoras en caso de verificar su incumplimiento con multas de cinco a cincuenta unidades tributarias mensuales, la que se duplicará en caso de reincidencia.

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