Aborto y objeción de conciencia institucional



SEÑOR DIRECTOR

Tras años de lucha por tener en Chile una ley que despenalizara el aborto en al menos tres causales, vemos con inquietud y decepción el nuevo protocolo sobre objeción de conciencia dictado por el gobierno de Sebastián Piñera.

La objeción de conciencia es una norma excepcional que permite que una persona no esté obligada a cumplir una ley, pues hacerlo resulta contradictorio con sus convicciones o creencias. Por lo tanto, la "objeción de conciencia institucional" es objeto de múltiples cuestionamientos desde la perspectiva de los derechos humanos. Primero, los desnaturaliza al asignarle "conciencia" a una institución. Segundo, al posibilitar que instituciones completas objeten aumenta la probabilidad de que mujeres y niñas no encuentren un lugar dispuesto a proporcionarle el servicio de aborto seguro que requieren. Y finalmente afecta también los derechos de los profesionales no objetores, cuya voluntad se ve cooptada por la de la institución.

El proyecto de ley que aprobó el Congreso excluía la posibilidad de que instituciones objeten. La posibilidad fue introducida por el TC, por lo cual la ley solo establece la posibilidad, sin ningún tipo de regulación. Por ello, el protocolo es fundamental y no debe significar un bloqueo a la implementación de la ley. Sin embargo, nos encontramos con una invención extraña e inaceptable de la "objeción de conciencia institucional" sin regulación legal y que ahora es reglada por un protocolo que básicamente permite que todas las clínicas objeten sin dar ninguna explicación y, además, reciban fondos del Estado por prestación de servicios gineco-obstétricos aun cuando se nieguen a prestar algunos. Es alarmante el efecto que esto puede tener en el acceso a abortos legales y seguros, especialmente para quienes se atienden en el sistema privado.

Ana Piquer

Dir. Ejecutiva Amnistía Internacional Chile

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