Debía renunciar

El economista Pablo Piñera.


La desafortunada nominación del hermano del Presidente como embajador en Argentina se volvió más compleja que el mero aspecto político, cuando diputados opositores recurrieron a la Contraloría para impedir que se materializara. Como consecuencia de ello, el país podía estar meses sin un representante que ejerciera con propiedad el cargo en un país relevante. Y peor, que se constituyera en un bochorno, si la inhabilitación se acogía por ilegal.

El cuestionamiento jurídico que se formuló tenía sólida base. El gobierno lo desestimó porque constitucionalmente la designación de los embajadores es atribución exclusiva del Presidente. Siendo esto efectivo, era un argumento estrecho que no tenía en consideración que esa no es la única norma en juego. Desde luego, el Presidente jamás ha podido designar a cualquier persona, sino que entre aquellas que cumplen los requisitos legales para ingresar al servicio exterior. Pero desde la reforma que consagró el principio de probidad en la Constitución, el Presidente debe dar cumplimento en todas sus actuaciones a las normas que la regulan, entre las que figura la prohibición de que las autoridades designen a parientes de hasta el tercer grado de consanguinidad (incluye los hermanos). Ésta se justifica por la simple razón que importa un potencial conflicto de interés entre lo público y lo privado. La Contraloría ha sido categórica en señalar -en un dictamen que data del primer gobierno del actual gobernante- que el Presidente no está exento de las normas de probidad y que es aplicable en todas sus actuaciones.

Tan claro es todo lo anterior, que ante el riesgo de un pronunciamiento adverso el propio gobierno suspendió el trámite de nombramiento a la espera del dictamen que había sido requerido. Si fuera efectivo que la simple atribución de nombrar embajadores de su confianza ampara al primer mandatario, no se habría tomado tal determinación.

Pero como el Contralor señaló que dicho dictamen pudiera tardar hasta unos seis meses, la embajada permanecería acéfala durante ese lapso. En estas circunstancias, Pablo Piñera debía renunciar a asumir el cargo, pues mantener su pretensión le hacía daño al país. Más, porque si se acogía la inhabilidad su nominación resultaría un bochorno internacional; y si se desestimaba, no podría ejercer la función con normalidad, pues estaría siempre bajo la sombra del cuestionado origen de su nombramiento. Por algo el lema del servicio exterior es "right or wrong is my country". En este caso, justo o injusto para Piñera el interés superior del país exigía que diera un paso al costado. Y tuvo que darlo porque la realidad pesa más que el poder presidencial.

Este caso deja una lección y pone de manifiesto la conveniencia de restaurar la atribución que siempre tuvo el Senado de aprobar la designación de los embajadores. Un contrapeso indispensable, porque comprometen el interés y la imagen integrales del país. Confiar exclusivamente en el criterio del Presidente es riesgoso: se pueden tentar con nombrar a un hermano.

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