Dudas sobre la clasificación de los colegios




Finalmente y tras tres años de intencionada postergación, la Agencia de Calidad de la Educación ha decidido clasificar los colegios según su desempeño tal como mandata la Ley de Aseguramiento de la Calidad. Esta clasificación era lo que faltaba para que el sistema diseñado comience a operar.

El Sistema de Aseguramiento de la Calidad que entrará en marcha es la principal y más importante política pública de calidad del sistema escolar, aprobada con votos de todos los sectores políticos. Haberla detenido por tres años equivale a seguir tolerando que establecimientos que no logran cumplir estándares mínimos de calidad sigan admitiendo estudiantes sin que sus padres estén debidamente informados. Por la inactividad se renunció a movilizar al sistema hacia la mejora, y a focalizar los esfuerzos en las escuelas que más lo necesitan.

La falta de compromiso del Ministerio de Educación con esta política hace factible sospechar que se evitará cumplir con el espíritu y eventualmente, con la letra de la ley. No solo se ha retrasado su fecha de implementación mediante decretos, se ha intentado excluir a las escuelas municipales de las consecuencias y se ha reducido la cantidad de datos disponibles para nutrir la clasificación.

Entendiendo que hay diferencias políticas entre los gobiernos, sorprende le reticencia de la Agencia de publicar la clasificación. Al parecer no tienen en cuenta que dicha política es una forma mucho más justa e integral de medir la calidad de las escuelas cuando se le compara con el Simce bruto, que es lo que para bien o para mal, existe hoy. La metodología de clasificación tiene en cuenta la vulnerabilidad de los estudiantes y del entorno de la escuela, y considera una serie de otros indicadores de calidad educativa, dando una visión más compleja y enriquecida del trabajo de los colegios. Actualmente, solo se usa el Simce, que tiene la desventaja de estar fuertemente correlacionado con el capital cultural de los padres y hace difícil saber el valor que agrega la escuela. La Agencia tampoco parece considerar que la principal utilidad de la clasificación es identificar apropiadamente a los establecimientos que necesitan ayuda de manera más urgente, en lugar de seleccionarlos de forma arbitraria. No se entiende, salvo por la adhesión a un purismo ideológico excesivo, que se haya postergado este cambio por tanto tiempo.

Adicionalmente, el anuncio deja una interrogante relevante respecto de la disponibilidad de la información que derive de la clasificación.

La Ley General de Educación, promulgada por la Presidenta Bachelet en su periodo anterior, indica que la transparencia es uno de los principios del sistema educativo chileno, y cito "la información desagregada del conjunto del sistema educativo, incluyendo los ingresos y gastos y los resultados académicos, debe estar a disposición de los ciudadanos, a nivel de establecimiento, comuna, provincia, región y país." (Art. 3°).

Por lo tanto, la Agencia debe no solo publicar la clasificación para que esté disponible para todos los ciudadanos, sino que debe darle "amplia difusión", especialmente dirigida a padres, apoderados y la comunidad educativa. No hay resquicio que le permita a la Agencia restringir a los padres el acceso a esta información. Al contrario, la ley es explícita al señalar que deben recibir información relevante y clara sobre la clasificación de la escuela de sus hijos, pero también de otras de la misma comuna y comunas aledañas. El artículo 20 de la ley 20.529 es claro en este aspecto.

Solo la transparencia y la disponibilidad de información harán que el Sistema de Aseguramiento de la Calidad movilice a la mejora. Mantener información pública en secreto no se reflejará en ningún cambio. ¿Hasta cuándo deberemos esperar?

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.