“El 26 de mayo recién pasado y prácticamente un mes y medio después de la entrada en vigencia de la Res. 282/2020, por primera vez, la Seremi de Salud fiscaliza y cuestiona el supuesto no uso de mascarillas en un programa de televisión como ‘Dale Play’, en circunstancias que variadas personas han participado en diversos programas de la televisión chilena, incluyendo a conocidas autoridades políticas, de salud y profesionales médicos de reconocido prestigio, lo cual ha sido público y notorio, sin que cuestionara el hecho que aparecieran sin usar mascarillas”.

Así comienza una demanda de reclamación de multa que el 17 de julio de 2020 presentó MEGA –estación televisiva controlada por el grupo Bethia– para evitar el pago de 300 UTM ($ 15.446.700) por infringir las normas sanitarias en medio de la pandemia.

La acción, que se ingresó al 19º Juzgado Civil de Santiago, ha seguido avanzando. Y el pasado 31 de agosto el Consejo de Defensa del Estado, en representación de la Seremi de Salud Metropolitana, contestó que en una visita a los estudios del canal los fiscalizadores de la autoridad sanitaria constataron que al menos 17 personas no utilizaban mascarillas.

Pero MEGA no es la única que batalla en tribunales en contra del CDE por multas bajo la crisis sanitaria. Desde que comenzó la pandemia a la fecha, la Seremi de Salud Metropolitana ha abierto cerca de 25 mil sumarios por infracción de las medidas sanitarias, la gran mayoría, por hechos vinculados al Covid-19. Y durante el mismo periodo, se han presentado -incluyendo el de MEGA- 22 recursos de reclamación judicial en los tribunales civiles por parte de empresas y/o personas naturales para intentar revertir las multas cursadas.

El Código Sanitario establece que las multas por infringir medias sanitarias van desde 0,1 UTM ($ 5.192) hasta 1.000 UTM ($ 51.489.000).

Y no solo medios de comunicación se han visto afectados con las restricciones, sino que también tiendas del retail. Ejemplo de ello es la cadena de multitiendas Hites, que el 11 de julio presentó una reclamación en contra de una multa por infringir el artículo 171 del Código Sanitario. Ello, luego de que en una fiscalización el 3 de mayo del año pasado inspectores sanitarios constaran en la tienda de paseo Puente N° 696, en Santiago, que sus trabajadores no mantenían la distancia social de un metro y que no habían demarcaciones visibles. Además, los fiscalizadores constataron que “el ascensor lo usan cuatro personas en su interior, sin cumplir con distanciamiento social de un metro y sin señalización ni demarcación visible de este”. Esto, según consignó el sumario sanitario que radica en el 5º Juzgado Civil de Santiago.

También particulares han presentado reclamaciones por las multas. Josefina Khamis Jadue, ingeniera comercial, presentó una reclamación judicial por la multa de 30 UTM que le aplicó la autoridad sanitaria, luego que el 27 de junio de 2020, cerca de las 20.00, inspectores fiscalizaran el departamento de su pareja Gian Franco D’Amico, ubicado en La Capitanía, comuna de Las Condes, por una supuesta fiesta en el lugar.

“Ante toda evidencia de que en el lugar no se realizaba ningún tipo de celebración y menos una fiesta, el propio fiscalizador de la Seremi de Salud nos manifestó que la denuncia por ‘ruidos molestos’, motivo por el que llegó el automóvil de seguridad comunal de Las Condes, no sería sancionada. No obstante lo anterior, nos expresó que se daría curso a un sumario sanitario porque presuntamente se estaba infringiendo la restricción de cuarentena, pese a que se le explicó por los dueños de casa que ese era su domicilio”, explicó Khamis en su demanda.

“Los tribunales tienen una tramitación más breve que en un juicio ordinario”

Frente a la arremetida judicial de los sancionados en pandemia, el abogado jefe de Defensa Judicial de la Seremi de Salud Metropolitana, Pablo Fierro, explicó que “todo tipo de multas que impone la Seremi, que en este caso pueden ser fiestas clandestinas o no uso de mascarilla, tienes cinco días para presentar ya sea un recurso de reposición administrativa, que es un escrito en la misma Seremi, y por otro lado también tienes la opción de recurrir a los tribunales de justicia a través del recurso de reclamación judicial que se presenta ante los juzgados civiles, que son los competentes los que verán un juicio sumario”.

“En este caso va el reclamante, que es el sumariado, y el reclamado es el Fisco de Chile, que en este caso lo representa el Consejo de Defensa del Estado. Esto tiene por objeto invalidar la multa y que sea un juez imparcial el que vea si la multa fue aplicada conforme a derecho”, agregó.

Asimismo, explicó que “como es un juicio sumario, los tribunales tienen una tramitación más breve que en un juicio ordinario. Entonces, en este caso los tiempos debiesen ser menores. De eso también se puede reclamar ante la Corte de Apelaciones y eventualmente también a través de la Corte Suprema a través de un recurso de casación. Eso depende de lo que piense el abogado reclamante”.

“No es muy común que las personas judicialicen el proceso para revertir el pago de multa, ya que por el monto tampoco le va a convenir mucho a la gente contratar a un abogado”, remató.