Histórico

Critican fallo que acoge infidelidad como atenuante de femicidio

Tribunal dejó en libertad a hombre que atacó a su mujer con tijeras en Ovalle. Autoridades aseguran que dictamen justifica la violencia de género.

Diversas críticas generó el fallo del Tribunal Oral de Ovalle que el miércoles dejó en libertad vigilada a un hombre, condenado por el femicidio frustrado de su esposa, al considerar como atenuante el “arrebato y obcecación” que le habría causado una infidelidad de su cónyuge.

El condenado, Marco Antonio Olmos Barraza, atacó en julio de 2015 a su esposa con unas tijeras de podar, causándole heridas de gravedad en diversas partes del cuerpo. La mujer sobrevivió luego de que Carabineros ingresara en ese momento al domicilio de la pareja.

Tanto autoridades, parlamentarios, académicos y organizaciones sociales han señalado que al considerar este atenuante se da pie a una justificación de la violencia contra la mujer. Además, pone de manifiesto la necesidad de que existan penas más duras en casos de femicidios.

“Lamentablemente la violencia machista tiene una justificación cultural en nuestro país, por eso es que como Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) históricamente hemos planteado que ni los celos, ni el consumo de alcohol o drogas, ni un día malo en la ‘pega’, ni mucho menos una infidelidad, pueden justificar un ataque femicida”, dijo la ministra del Sernam, Claudia Pascual. Además calificó de “preocupante” el hecho “que se pueda estar justificando un ataque que no tuvo otra intención que la de matar a esta mujer”.

Por su parte,  Lorena Astudillo, de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, expresó que “la causal de atenuante implica que cualquier persona puede actuar de la misma manera ante el mismo estímulo. Entonces se está naturalizando el intento de femicidio y justificando la violencia contra la mujer”.

Asimismo, rechazó “la cultura machista a la que apela el defensor, que se le ocurre que se puede matar por infidelidad, y la falta de criterio de los jueces que le dan la razón”.

La académica de Derecho de la U. Diego Portales, Lidia Casas, explicó que “el fallo rebaja de forma indebida la pena de esta persona y avala el discurso nefasto del crimen pasional”. Y agregó que “en Chile se ha hecho camino para que este tipo de situaciones no pueda ser asumidas como una justificación de la violencia hacia las mujeres, pero lamentablemente suceden”.

Mientras, el diputado David Sandoval (UDI), miembro de la comisión de Familia de la Cámara, sostuvo que lo ocurrido  da cuenta “de la urgente necesidad de contar con una ley robusta que ayude a prevenir los femicidios con sanciones más duras  para estos delitos”.

Escenario legal

El abogado de Olmos, Gerardo Tagle, miembro de la Defensoría Penal Pública, defendió la tesis del Tribunal, que falló por dos votos a uno en favor del imputado. “La sola develación de la infidelidad no genera el atenuante, sino una serie de hechos  que, a la postre, derivaron de esa develación, lo que inutilizan la capacidad completa para razonar a mi defendido”, relató.

La condena de Olmos considera, además, medidas cautelares de prohibición acercamiento a su cónyuge, de portar armas de fuego y someterse a tratamiento de control de impulsos. Actualmente, el fiscal del caso, Herbert Rohde, analiza el fallo para interponer un recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones.

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